El aumento sostenido de las tarifas, combinado con una elasticidad de la demanda por energía serán suficientes para provocar un fuerte ajuste en la demanda de electricidad en los próximos meses.
Desde julio de este año se hizo efectiva el alza en las tarifas en el Sistema Eléctrico Nacional de Chile. El alza se origina en la actualización atrasada de las indexaciones de los precios establecidos en los contratos de suministro de energía de clientes regulados, principalmente los adjudicados antes de 2015 por el retail regulado administrado por las distribuidoras, a lo que se suman los correspondientes intereses generados por la deuda. Todo ello originado en la estabilización de precios definida en las leyes: N°21.185 de octubre de 2019; N°21.472 de agosto de 2022 y N°21.667 de abril de 2024.
El alza promedio de las tarifas en lo que queda de este año será de más del 20%, subirá a más de un 40% en el primer semestre de 2025, para luego bajar y mantenerse en cerca de un 30%1.
En el análisis y la práctica de la política energética se suele suponer que la elasticidad de la demanda por energía eléctrica es pequeña y, por lo tanto, irrelevante. Sin embargo, tanto en el corto como en el largo plazo la demanda responde al precio y la magnitud económica de la elasticidad es considerable.
En ese sentido si el precio de la energía aumenta, en el corto plazo un cliente disminuirá la intensidad en el uso de sus aparatos eléctricos, por ejemplo, será más cuidadoso en la iluminación o calefacción. Sin embargo. si el shock de precios persiste, en el largo plazo reemplazará los aparatos eléctricos por otros más eficientes, que consuman menos electricidad, o bien, los reemplazará por fuentes alternativas de energía (v. gr. gas licuado, kerosene o algún otro derivado del petróleo o paneles solares respaldados por sistemas de almacenamiento).
Considerando el modelo de ajuste parcial de la elasticidad-precio de la demanda por electricidad desarrollado en Benavente et al. (2005)2, se puede estimar que el alza permanente en las tarifas implicará que la demanda regulada se contraerá en un 9% en el largo plazo, en promedio 500 MW y en la punta de la noche la caída superará los 700 MW (el tamaño de dos ciclos combinados). Cabe anotar que esta estimación podría ser un límite inferior, pues, el ajuste de Benavente et al. (2005) no considera los desarrollos tecnológicos de los últimos 20 años, entre ellos, la opción de cambiar a sistemas solares con baterías.
La menor demanda implicará menores precios en el mercado spot de la energía, principalmente en la punta de la noche donde los precios son mayores, lo que probablemente reducirá el atractivo para la entrada de nuevos sistemas de almacenamiento, y también redundará en el aumento de los vertimientos en el bloque solar.
Otra consecuencia no buscada es que la caída del precio spot probablemente aumentará el costo de mantenerles un precio estabilizado a los generadores PMG y PMGD. La ineficiencia de las políticas energéticas de los últimos años y del retail regulado es evidente; de un lado, el sistema vierte energía con precios spot nulos y del otro los clientes contraen su demanda por alzas en las tarifas3.
Por último, la menor demanda de electricidad también traerá una menor recaudación de las empresas eléctricas: generadores y distribuidoras; probablemente un efecto no considerado por estas mismas empresas.