La violencia, en un sentido general, es cualquier sufrimiento evitable, y la violencia de género sería aquella que sufren las mujeres (o las personas LGTBIQ) por el hecho de serlo. Son muchas las formas en que se manifiesta esta violencia, y la mutilación genital femenina es una de las más invisibles dentro de lo invisibilizado de este problema.
Con el fin de incidir políticamente y dar a conocer esta realidad se celebra cada 6 de febrero el Día Internacional de la lucha contra la Mutilación Genital Femenina.
Podemos establecer una tipología de violencia contra las mujeres y niñas que va desde la violencia verbal y psicológica hasta la violencia física (la mutilación sería una de ellas).
Esta forma de violencia se define desde la Organización de Naciones Unidas y sus diferentes agencias como una violación de los derechos humanos de las mujeres, pero también como un atentado contra sus derechos de salud sexual y reproductiva, por cuanto niega el derecho al placer y a la integridad del propio cuerpo.
Este tipo de mutilación comprende todos los procedimientos consistentes en la resección parcial o total de los genitales externos femeninos, así como otras lesiones por motivos no médicos. Desde un punto de vista antropológico, se puede ver como una práctica cultural, incluso podemos llegar a comprender en qué consiste, y según el relativismo cultural, no juzgamos una cultura o un rasgo cultural considerándolo mejor que otro.
En este sentido, podemos conocer el modo de proceder, aunque en tanto se trata de un atentado contra los derechos humanos de mujeres y niñas, queda tipificado como delito.
Existen una serie de países afectados por esta práctica, principalmente en África, aunque también algunos de Asia como Yemen e Indonesia. Por otro lado, la mutilación de la diáspora es la que se practica a niñas que residen o tienen nacionalidad de países europeos, Estados Unidos, Canadá o Australia, y han sido mutiladas en el país de origen de su familia durante un viaje.
Con las migraciones internacionales estos rituales han llegado a Europa. En España residen 69 086 mujeres provenientes de países donde se practican las modificaciones rituales de los genitales femeninos, de las cuales 18 396 son niñas y adolescentes en edad de ser sometidas al ritual.
La Unión Europea ha desarrollado una legislación para la prohibición explícita de la mutilación como delito contra la salud de las niñas, reconociendo que medio millón de mujeres europeas están viviendo las consecuencias de alguna forma de mutilación y 180 000 niñas pueden estar en riesgo de ser mutiladas.
El marco legal a nivel internacional, nacional y regional condena estas prácticas, incluso en algunos de los países afectados existe una prohibición expresa, lo cual, a veces, dificulta el reconocimiento de refugio o asilo de las mujeres o niñas en riesgo en Europa. De entre los países afectados por esta práctica, a la Comunidad de Madrid llegan principalmente mujeres mutiladas (o en riesgo de mutilación) de Nigeria, Mali y Guinea Conacry. Sin embargo, al tratarse de un rito cultural muy extendido no todos los grupos étnicos la realizan por igual.
En todos los países europeos las modificaciones rituales de los genitales femeninos están tipificadas como delito. Algunos como Francia, Alemania, Irlanda, Finlandia o Países Bajos las consideran una conducta delictiva incluida en la categoría general de delito de lesiones. Otros países como España, Italia, Bélgica y Reino Unido han tipificado las modificaciones rituales de los genitales femeninos como delito específico de “mutilación genital femenina”.
Francia es el único país occidental donde las modificaciones rituales de los genitales femeninos han sido condenadas sistemáticamente. Sin embargo, las penas han sido suspendidas condicionalmente con motivo de la especial relación entre padres-condenados e hijas-víctimas. La estrategia parece ser la de la “persecución sin pena”.
Por otro lado, siguiendo una estrategia que parece ser de “criminalización sin persecución”, en los países que han previsto un delito especifico en su código penal, hasta el momento no se ha pronunciado ninguna sentencia definitiva de condena. En este sentido, merece la pena recordar que en España el Tribunal Supremo ha absuelto a una madre senegalesa condenada en primer grado a dos años de cárcel.
Con respecto a las niñas que pueden estar en riesgo de mutilación en España, estamos ante un delito contra la integridad de las personas que tienen permiso de residencia, nacionalidad española e incluso han nacido aquí.
Por medio de programas de mediación intercultural, algunas mujeres trabajan como agentes promotores de igualdad, y con un abordaje interprofesional se detectan en los centros educativos los casos de las niñas en edad de riesgo cuando van a viajar a sus países de origen y se inicia el protocolo para que los padres firmen un compromiso por el que garantizan que a las niñas no se les va a practicar “el corte”.
En el centro de salud, los profesionales de medicina general o pediatría hacen un reconocimiento antes y después de ese viaje con el fin de corroborar que la práctica no ha sido realizada.
Existen varios tipos de mutilación genital, según la clasificación de la OMS (2007):
En el caso concreto de la Comunidad de Madrid, los tipos más frecuentes detectados por el personal de salud son la clitoridectomía y la escisión de los labios.
Algunas organizaciones como Médicos del Mundo desarrollan programas de formación de profesionales de salud, educación y trabajo social, de manera que la atención a las niñas, adolescentes y mujeres sea adecuada como titulares de derecho con un abordaje intercultural y con perspectiva de género.
En estos procesos de formación se pone énfasis en la importancia del contexto cultural, además de entender que la mutilación genital femenina es una de muchas formas de violencia contra las mujeres y como tal no solo se practica en terceros países, sino también en Europa.
El último tipo de mutilación genital identificado por la OMS, de hecho, remite a las vaginoplastias y reconstrucciones de himen y podría relacionarse con procedimientos de violencia gineco-obstétrica muy extendidos en nuestro entorno.
En los países de origen, las modificaciones rituales de los genitales femeninos se prohíben y se despenalizan de manera cíclica. Se trata de normas consuetudinarias milenarias cuya desobediencia provoca un fuerte aislamiento social que es, sin duda, más temido que la amenaza de una sanción penal. Al tratarse de prácticas con fuerte arraigo social, el objetivo de desincentivar una conducta antijurídica puede conseguirse mejor a través de la participación activa de las comunidades interesadas.
Además, el temor a la persecución penal ha tenido como consecuencia el alejamiento del sistema de seguridad social de las familias de origen subsahariano, que dejan de acudir a las revisiones pediátricas y ginecológicas, con evidente perjuicio para la salud de las niñas y adolescentes que la ley pretende proteger.
Sin supervisión médica, los efectos secundarios de intervenciones realizadas en la clandestinidad ponen en grave peligro la salud. Además, la encarcelación de sus padres crea evidentes problemas adicionales que comprometerían el bienestar de las niñas y adolescentes subsaharianas en Europa.