Llevamos varias semanas leyendo sobre el significado de la institución familiar, de la importancia que reviste su protección y sobre todo de la importancia de evitar las caricaturas y los extremos al momento de conversar estos temas en el marco del próximo proceso constituyente.
Estamos de acuerdo. La familia es un elemento fundamental de la sociedad y el Estado debe protegerla como institución, sobre todo porque es la encargada de dar protección, amor, cuidado y educación a las futuras ciudadanas y ciudadanos.
Nosotras somos una familia. Llevamos 8 años de una relación estable, amorosa y respetuosa. Nos cuidamos mutuamente, compartimos responsabilidades y al igual que muchas otras familias, también compartimos la maternidad.
El Acuerdo de Unión Civil que firmamos, también nos reconoce como familia, sin embargo, no reconoce a nuestro hijo Maximiliano como parte de la misma, hecho que, además de doloroso para nosotras, lo deja a él en una situación de fragilidad y desprotección enorme.
[cita tipo=»destaque»] En otras palabras, la Ley no debe definir lo que es la Familia, sino que la Familia debe definir la Ley.[/cita]
Para no caer en caricaturas, inventando situaciones hipotéticas, vamos a usar una situación real, -que aplica para todas las familias- que nos sirva para graficar la realidad de la desprotección en la que se encuentran las familias homoparentales en nuestro país.
Si el día de mañana decidiéramos separarnos como pareja, Maximiliano no tendría la posibilidad de exigirle a María Inés que cumpla con sus responsabilidades de pensión alimenticia, ni ella de solicitar régimen de visitas. Peor aún, si Rossana muere, nuestro hijo sería huérfano frente a la ley y su cuidado personal quedaría a cargo de la familia de origen de Rossana, afectando profundamente su identidad familiar y supeditando sus derechos a la buena voluntad de terceros.
La gran mayoría de los Estados protegen a la familia como institución clave para la sociedad. La ley fundamental alemana dice que “el matrimonio y la familia se encuentran bajo protección especial del orden estatal”; la constitución en Brasil indica que “la familia, que es la fundación de la sociedad, gozará de protección especial del Estado” y reafirmando esto, la familia es anterior a cualquier forma de organización estatal, por lo mismo, desde la familia debe emanar la organización y no viceversa. En otras palabras, la Ley no debe definir lo que es la Familia, sino que la Familia debe definir la Ley.
La Constitución de Chile establece que “la familia es el núcleo de la sociedad y el deber del Estado es resguardar su seguridad y protección, fortaleciéndola y promoviendo su integración”.
Desde hace un tiempo en Chile se reconoce la diversidad familiar, por tanto, no existe una sola definición de familia: esta es un concepto dinámico, producto de construcciones culturales que acompañan a la sociedad a lo largo del tiempo.
Las creencias son personales, las leyes son para toda la sociedad. Por eso, ad portas de un proceso constitucional histórico para nuestro país, como madres de Maximiliano invitamos a todas las personas que escriban la próxima constitución a generar un diálogo respetuoso y responsable respecto a la diversidad familiar y a no perder de vista el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, evitando caer en los extremos, que en nada nos ayudan a seguir avanzando. Tenemos un punto en común muy importante y estamos frente a una oportunidad de oro para garantizar que la protección de la Familia en Chile se materialice para todas las familias y no solo para algunas.