Incomprensibles cierres de causas por violencia sexual o intrafamiliar, fallas a la hora de investigar a agresores que ostentan poder económico, político o ambos, además de prestigiosos estudios de abogados que presionan para que los casos se terminen sin condenas contra los culpables, son parte de las denuncias que hacen víctimas de agresiones sexuales y violencia intrafamiliar que fueron investigadas por el Ministerio Público de la zona oriente de Santiago. Mujeres que ahora forman parte del historial de insatisfacciones que ha dejado el trabajo de este organismo durante los últimos años, en causas por violencia sexual e intrafamiliar. Esta Fiscalía, la cual agrupa a las comunas de Las Condes, Ñuñoa, La Florida, Peñalolén y Macul, fue encabezada desde 2015 por Manuel Guerra Fuenzalida, quien hace unos días dejó su cargo, en medio de cuestionamientos.
“Cada vez que hay casos de abuso sexual en donde se ven involucradas personas con poder, hay impunidad, como lo es mi caso. El poder empresarial y político logra desactivar las causas, esto pasa en todo Chile, pero más aún en la Fiscalía Oriente, que justamente agrupa a las comunas donde viven quienes concentran el poder económico en nuestro país». «Los casos se siguen, se deja pasar el tiempo sin avanzar, y luego se cierran, porque ‘ya pasó mucho tiempo’, prescribe, se archiva o se da orden de no perseverar, y detrás de estas maniobras hay prestigiosos estudios de abogados que lo organizan”.
Esos testimonios corresponden a M.I.S., quien por miedo a una sobreexposición que aumente en varios grados la revictimización a la que ya se ha visto expuesta desde que comenzó la causa, prefiere identificarse solo con sus iniciales. En su caso, denuncia haber sufrido graves irregularidades en el marco de una investigación llevada a cabo por la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente por los delitos de maltrato físico y mental intrafamiliar.
La experiencia en la justicia, que califica como traumática, comenzó cuando tomó la decisión de denunciar por violencia intrafamiliar a su expareja, el exdiputado del Partido Socialista Daniel Melo, hijo del entonces alcalde de El Bosque, Sadi Melo, quien ocupó ese cargo en la municipalidad por siete períodos consecutivos, desde 1992 hasta las pasadas elecciones de 2021, erigiéndose como un verdadero señor feudal tras 28 años en el poder.
La Fiscalía Oriente, que agrupa a las comunas de Las Condes, Ñuñoa, La Florida, Peñalolén y Macul, fue encabezada desde 2015 por Manuel Guerra Fuenzalida, quien en su calidad de Fiscal Regional Metropolitano Oriente, fue el jefe máximo de los fiscales adjuntos de toda esta zona y, por tanto, responsable de las decisiones más importantes adoptadas por la Fiscalía, como lo son las de cerrar las causas, ya sea por archivo provisional, por principio de oportunidad, por decisión de no perseverar o a través de salidas alternativas, como la suspensión condicional de procedimiento y el acuerdo reparatorio.
Actualmente, Manuel Guerra dejó sus funciones hace pocos días, el 1 de agosto, tras presentar su renuncia en julio ante el Fiscal Nacional «por motivos personales», y que –según se sabe– forma parte de su estrategia para proyectarse en otros ámbitos profesionales, como el ejercicio liberal de la profesión de abogado. Esta renuncia se produce en medio de una serie de casos que han tenido –de acuerdo a lo que declaran sus víctimas– cierres inexplicables, investigaciones insuficientes y que, además, no fueron realizadas con perspectiva de género, pese a ser consideradas violencia hacia las mujeres por el hecho de ser mujeres las víctimas.
Los hechos denunciados por las víctimas en este reportaje no son aislados, se suman a una serie de otras causas llevadas por fiscalías de la zona oriente de Santiago, que tuvieron anomalías parecidas, y que ya fueron visibilizadas por El Mostrador. Una de ellos ocurrió cuando, en febrero de este año, se dio por abruptamente terminada una investigación criminal que tuvo como imputado a Juan Cristóbal Said, hijo de Salvador Said, actual cabeza del Grupo Said, un importante grupo económico chileno.
Dicha causa partió por una querella por el delito de violación (RUC 1801017989-7), pero terminó –por gestiones del fiscal adjunto Felipe Cembrano, quien trabajaba estrechamente con el ex Fiscal Regional Metropolitano Oriente, Manuel Guerra– con una suspensión condicional del procedimiento, previo cambio de la calificación del delito, de “violación” a uno de menor cuantía, como el de abuso sexual. Tras ello, el imputado solo tuvo que someterse a un tratamiento para aprender a “controlar sus impulsos”. En este caso participaron, como abogados defensores, letrados conocidos por llevar causas de alta exposición pública, como lo son Hugo Rivera y Sergio Bunger –abogados defensores del otrora arzobispo Ricardo Ezzati en la causa por encubrimiento de delitos sexuales– y que contó con las “gestiones oficiosas” del también abogado Darío Calderón.
De la mano con el caso anterior, y que se tramitó de forma paralela ante la misma Fiscalía, está la causa criminal por abuso sexual reiterado cometido por el primo hermano del heredero del grupo Said. El agresor querellado –de 16 años al momento de los hechos ilícitos– abusó sexualmente de su hermanastra de tan solo 6 años. La causa tampoco llegó a puerto.
Una de las vivencias más traumáticas que puede vivir una mujer víctima de violencia de género, según ONU Mujeres, es la violación y el abuso sexual. Atreverse a denunciar un hecho traumático puede tardar años, sobre todo por cómo marca psicológicamente a la víctima. A raíz de ello, se puede comprender por qué el 77% de las mujeres que ha sufrido violencia sexual en nuestro país no ha denunciado su caso, según datos levantados por la Universidad Central de Chile.
El solo hecho de dar un paso en pro de la denuncia no es fácil, y según explica la abogada de la Defensoría de la Mujer, Leyla Toledo, debido a las falencias del sistema judicial, en donde aún los cuestionamientos estereotipados, la falta de perspectiva de género y la revictimización –hacer que la víctima deba revivir los hechos traumáticos en múltiples instancias– son un panorama común, provoca que muchas mujeres desistan de buscar justicia.
Empeora aún más este panorama el que estas denuncias no sean perseguidas debidamente por el órgano persecutor. Esto es lo que denuncia M.I.S., un caso más de una larga lista donde los poderes político y económico se conjugan para facilitar la impunidad.
M.I.S. denunció haber sido víctima de violencia de género en más de una arista (violencia intrafamiliar y maltrato habitual físico, psicológico y económico) por parte de su expareja, el exdiputado del Partido Socialista Daniel Melo, con quien tiene un hijo en común. Melo fue vicepresidente de la colectividad y de instancias de deliberación política, a las que ya no pertenece. Sí lo hace su padre, Sadi Melo, quien es parte del Comité Central del PS.
La mujer víctima lo denunció y entregó todos los antecedentes y constataciones de lesiones hace más de tres años. Tras un maltrato recurrente que fue creciendo en el tiempo, ella tuvo el valor de pedir ayuda, sin embargo, ahí él –según se desprende de la carpeta investigativa– comenzó a ejercer violencia económica, y la dejó sin más opción que solicitar resguardo en una casa de acogida del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG). El agresor tampoco habría respondido a sus deberes paternales básicos, como lo es la pensión alimenticia, es más, solicitó una rebaja de la misma mientras se realizaba la investigación criminal y ostentaba cargos políticos.
El problema con la administración de justicia se inicia, a juicio de la víctima, cuando él ejerce su influencia política, en su calidad de miembro del Partido Socialista e hijo de un reconocido alcalde de esa tienda política.
M.I.S. también militaba en el Partido Socialista (PS), e hizo la denuncia en el PS, pero en la colectividad no escucharon su relato. «Le dieron la razón a él, lo mismo que hizo en un comienzo la Fiscalía de Ñuñoa, en donde no quisieron tomarle declaraciones al imputado», señaló.
En el partido, M.I.S. acusa que fue aislada de sus funciones, ignorada y abandonada sin ningún tipo de apoyo. “Ambos éramos parte del Partido Socialista, a quienes yo acudí en busca de ayuda y terminé siendo aislada yo».
Respecto de su calvario en la Fiscalía Oriente, la víctima siempre estuvo representada por la abogada Daniela Castillo Candia, del SernamEG, ya que no tenía las condiciones económicas para financiar una asesoría profesional privada. Mientras vivía en casas de acogida de la institución, de forma paralela, el agresor fue defendido por el estudio de abogados de Carlos Cáceres Horta . “Él ha hecho una defensa muy misógina, en sus escritos no presentaron ninguna prueba, pero plantea que mi denuncia es caprichosa y obedece a una ‘mente afiebrada’”, narra M.I.S.
El proceso en sí –cuenta la afectada– fue sumamente irregular. Siendo el agresor hijo del entonces poderoso alcalde de El Bosque, quienes fueron a prestar testimonio, o eran funcionarios de esa municipalidad en ejercicio vigente, o eran personas que semanas después de presentarse ante la Fiscalía fueron contratadas para trabajar en esa municipalidad. “Yo no tengo la capacidad de contratar personas para que sean testigos, o sea, todos mis testigos fueron personas que me conocían o que vieron lo que pasó, personas que fueron voluntariamente”, cuenta.
Desde el punto de vista de la probidad, se hace muy extraño que se aceptaran los relatos de funcionarios. “Es muy descarado”, asevera M.I.S. Hecho que hizo notar a los fiscales en cada ocasión que pudo, pero que fue totalmente ignorado.
“Hay un grupo de estudios muy caros que se dedican a defender exclusivamente a personas poderosas, y que tienen profesionales para todo; cuando yo llegué a la Casa de la Mujer, uno de los abogados que me atendió de los primeros, miró que el acusado presentó una pericia psiquiátrica, y con solo verla me dijo “este psiquiatra a todos les vende los mismos informes, a todos los empresarios, a los actores, futbolistas, etc. Todos llegan con este mismo psiquiatra”.
Desde el inicio del caso, el estudio de abogados de Carlos Cáceres Horta pidió el sobreseimiento de las causas, y la Fiscalía local de Ñuñoa se lo negó reiteradamente. “Eso me había dado esperanzas de poder tener justicia”, confiesa. Sin embargo, las dilaciones por casi tres años pesaron más y la causa se fue entrampando, pese a las gestiones de la abogada del SernamEG, Daniela Castillo, para que avanzara.
De manera consistente y frecuente, los abogados de Daniel Melo presentaron solicitudes de sobreseimiento al tribunal, las que fueron rechazas tras la oposición de la Fiscalía, mientras el caso estaba en manos del fiscal de Nuñoa.
En abril de este año, la causa pasó a manos del fiscal Manuel Guerra, quien solo en cuestión de semanas cambió el criterio y comunicó al tribunal de su decisión de «no perseverar», dándole con ello un cierre imprevisto, el que tiene además una consecuencia tácita: que el tiempo de prescripción de la acción penal continuará corriendo como si nunca se hubiese interrumpido.
Este hecho provocó que el SernamEG enviara una reclamación para que se explicara en detalle a qué se debía la orden de no perseverar. El Requerimiento constó de 18 páginas, en el que se argumentaron todas las figuras por las cuales este caso debía investigarse. Una de estas fue el Artículo 7 de la Convención Belém do Pará, ratificado por Chile y que plantea las medidas que debe adoptar un país a la hora de enfrentarse a casos relacionados con violencia de género.
Específicamente, este determina, en su punto A, el deber de “Actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia”. En el punto F, además, se destaca el “Establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección, un juicio oportuno y el acceso efectivo a tales procedimientos”.
En contraposición, la llamada “decisión de no perseverar en el procedimiento” (DNP), es una figura contemplada en el artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, donde se establece que se comunica “la decisión del ministerio público de no perseverar en el procedimiento, por no haberse reunido durante la investigación los antecedentes suficientes para fundar una acusación”, por lo que se “dejará sin efecto la formalización de la investigación».
En este sentido, para M.I.S esta figura en ningún caso establece que haya sido declarado inocente o haya sido sobreseído a quien denuncia como agresor, puesto que había diligencias pendientes respecto de las evidencias que ella entregó, como constatación de lesiones ante el Servicio Médico Legal y fotografías. Según sus declaraciones, la investigación nunca llegó a la etapa en donde se debaten las pruebas presentadas.
Es por ello que en la reclamación del SernamEG estiman que, en este caso en particular, aún pueden practicarse diligencias de investigación destinadas a cumplir con el estándar internacional en materia de género de debida diligencia, al existir una víctima muy activa en el desarrollo del proceso, lo que no se condice con la comunicación ante el 8º Juzgado de Garantía de Santiago, en la audiencia ocurrida el 30 de abril de 2021, cuando se comunicó la decisión de no perseverar por parte del Ministerio Público. Por ello solicitaron que se deriven los antecedentes a la unidad de Género y VIF de la Fiscalía Nacional, a fin de que emita un pronunciamiento en dicho sentido.
Cabe destacar, en este contexto, que según la investigación “Uso y abuso de la decisión de no perseverar en el procedimiento”, realizada por el abogado Carlos Correa Robles y publicada en la Revista Chilena de Derecho en abril de 2020, esta figura constituye precisamente uno de aquellos mecanismos con los que actualmente cuenta el Ministerio Público para no seguir adelante con investigaciones que ellos consideran “agotadas, revestidas de escasas perspectivas de éxito”.
Por ello, la denunciante se cuestiona: «¿Qué pasó en esas dos semanas que cambió tanto para que el criterio diera una vuelta y se diera orden de no perseverar en la investigación?”. Esto, considerando que la última vez que la defensa de Melo apeló para que la causa fuera sobreseída, la misma Corte de Apelaciones ratificó que sí se debía investigar.
Para la denunciante, “hay una cosa muy perversa, ellos dejan pasar el tiempo, no hacen nada, y al final la causa prescribe o simplemente la cierran porque ya pasó mucho tiempo”.
M.I.S. denuncia que se utilizó en su contra un artilugio muy antiguo: el estudio de abogados le puso una querella por calumnias, la cual nunca tuvo tramitación, “pero el tribunal terminó utilizando esto para decir que hay una querella por un lado, una por el otro, entonces ninguna tiene cabida».
La mujer cuenta que una de las cosas más dolorosas que vivió dentro de todo, fue la falta de humanidad con la que fue tratada al no ser ella una “persona poderosa”. En este sentido, pidió entrevista muchas veces con los fiscales, y alcanzó a conocer a tres, ya que hay mucha rotación.
En su mayoría los fiscales son hombres, y para la víctima eso marca una diferencia. “Se nota que ellos no entienden y juzgan, con estereotipos en mente, que las mujeres somos histéricas, que le ponemos color, que somos despechadas, que sabíamos a lo que íbamos o que una fue quien generó las condiciones”.
Tras la orden de “no perseverar la investigación”, el 22 de junio de 2021, se abrió una investigación contra Daniel Melo y su padre Sadi Melo por los delitos de Cohecho Activo, Tráfico de Influencias y Obstrucción a la Justicia, al haber estos –según lo relatado por M.I.S.– presentado en su caso testigos trabajadores de la municipalidad, o personas que fueron contratadas después de declarar, favoreciendo el testimonio del agresor. La causa está alojada en la Fiscalía de Alta Complejidad con el RUC 2110029243-K.
En relación con ello, previo a este reportaje, el día 4 de agosto, El Mostrador publicó en su sección Sin editar una nota titulada “La querella por cohecho, tráfico de influencias y obstrucción a la investigación que enfrentan los PS Sadi Melo y su hijo Daniel”. En donde se da cuenta de esta querella. Ante ello, Daniel Melo envió sus descargos:
«Debo aclarar que soy inocente de todas y cada una de las imputaciones falsas que fueron hechas en mi contra por la madre de mi único hijo. Así lo determinó durante el mes de abril del año 2021, el 8vo Tribunal de Garantías de Santiago, luego de más de 3 años de un supuesto caso de Violencia Intrafamiliar», sostuvo Melo, desconociendo que el tribunal no se pronunció sobre inocencias ni imputaciones falsas, sino que lo cerró por una decisión autónoma del Ministerio Público.
En los descargos, Melo pone énfasis en que no es él quien obstaculiza la justicia, ya que –según su visión– la querella por Cohecho Activo, Tráfico de Influencias y Obstrucción a la Justicia sería “un intento de torcer un claro fallo de la justicia” y que “la persona que me acusa presentó una querella adicional, sobre un supuesto complot que habrían realizado terceros para obtener un fallo favorable de la justicia, incluyendo a mi padre. Desmiento completamente el hecho, y al igual que la querella anterior, tengo la confianza que será plenamente desechada”.
En la misma línea, su padre, Sadi Melo, considera que están frente a una “lamentable y falsa acusación por parte de la madre de mi nieto, la señorita M.I.S., hecho que nos afecta profundamente y que solo busca enlodar la imagen de mi Familia”.
También archivado, sin mayores indagaciones, quedó el caso de la hija de Sonia, seudónimo utilizado por la madre para evitar la revictimización de su hija. De acuerdo al relato de la adolescente, estando aún en el colegio, fue víctima de violación, torturas sexuales, amenazas y maltrato físico.
El imputado asistía a un conocido colegio católico privado de la elite, que tenía estrechas relaciones e interacciones con el colegio al que asistía la víctima. Así fue como se conocieron.
“Él estudiaba en un colegio súper tradicional y conocido. Sus papás, dueños de una importante cadena que se extiende a lo largo de todo Chile, contrataron un gran estudio de abogados, mientras que aquí éramos solo una niña y su mamá, con un solo abogado…”.
El abogado defensor del agresor fue Leonardo Battaglia, integrante del estudio Puga Ortiz Abogados. Dentro de las defensas más mediáticas que ha tomado Battaglia, estuvo la de ser el abogado defensor del fallecido Fernando Karadima, el sacerdote católico acusado y sentenciado por el Vaticano a raíz de las denuncias por abusos sexuales, además del encubrimiento de otros.
Desde la perspectiva de Sonia, no se explica cómo la causa quedó en nada, estando incluso las pruebas en el teléfono celular del agresor. “Este adolescente la torturó sexualmente y la obligó a fotografiarse, todas las evidencias fueron entregadas a la PDI desde el mismo teléfono de él. Los golpes que mi hija tenía… cuando yo la vi, cuando ella me mostró los golpes, yo casi me morí», narra.
Sonia y su hija presentaron la denuncia durante el último trimestre de 2019 en la PDI, específicamente al día siguiente de la agresión y violación contra la adolescente, lo que fue reforzado con dos querellas presentadas antes que terminara dicho año. La fiscal del caso fue Caterina Pontarelli, “ella se entrevistó con mi hija y le dijo que le creía, pero en noviembre de 2020 decidió archivar provisionalmente la causa”.
El haber archivado la causa con una querella en curso es algo que es jurídicamente incorrecto, reclama la mamá de la víctima. Al inicio, por los primeros meses, Sonia pudo costear un abogado privado, pero luego, inconforme con la gestión e incapaz de mantenerlo, teniendo que costear el tratamiento psicológico y psiquiátrico de su hija, obtuvo la ayuda del SernamEG, específicamente con la representación de la abogada Daniela Castillo.
Gracias a la abogada Castillo lograron evitar este cierre, según relata, sin embargo la investigación no avanzaba, ahora la justificación –narra Sonia– era la pandemia. Y pocos meses después, el caso fue cerrado por la Fiscalía Oriente, liderada por Guerra. «Una causa por violación no debería cerrarse simplemente por tiempo de inactividad», señala.
Entre los argumentos para la «decisión de no perseverar” se establece que no había antecedentes suficientes, pero la única razón que le dieron a Sonia «fue que era para no revictimizar a su hija. “¿Pero de qué están hablando? Al solo decir eso están aceptando que mi hija es una víctima, pero, teniendo toda la evidencia de la violencia, archivaron el caso y no hubo ninguna medida reparatoria, nada, a mi hija la hicieron bolsa mentalmente, le tuvieron que cerrar el año académico, ella no se atreve ni a salir a la calle por miedo de encontrarse con él, cuando debería ser él quien tenga miedo de verla, quien debería salir corriendo si se la topa. Esto la dejó muy traumatizada”, narra.
El derecho internacional habla de la debida diligencia, “pero ni eso lo hacen acá, porque no los estudian. Archivan cuando hay querella y eso no puede ser. Al final del día estás sola, pasa y pasa el tiempo, y no pasa nada”, reclama.
Según lo relatado tanto por Sonia como por M.I.S., ha sido un gran apoyo el recibido por parte de estas instituciones, pero aseguran que, simplemente, estas no dan abasto. Por esa razón tuvieron que pedir ayuda a la Defensoría de la Mujer, en donde la abogada Leyla Toledo, quien es además exabogada del SernamEG, les brindó el apoyo.
La falta de recursos es algo estremecedor, cuenta Toledo. De hecho, cabe destacar que solo durante los tres primeros meses de 2021, a nivel nacional, la Policía de Investigaciones registró un total de 1.686 víctimas que denunciaron casos de delitos sexuales. Cifra que representa un 5% de aumento respecto a los 1.598 casos que se presentaron en 2020, durante el mismo período.
En la región Metropolitana, solo hay tres abogadas en el SernamEG, y fuera de Santiago tienen solo una abogada por cada región. “Sin presupuesto para algo tan importante. El SernamEG tiene un presupuesto demasiado bajo, y obvio que eso pone en dificultad aplicar las políticas públicas. Esto del presupuesto es algo muy brutal porque ahí tú te das cuenta cuánto le interesa al Estado proteger a las mujeres”, opina Sonia.
Para la abogada Leyla Toledo las mayores dificultades que ve es que “no tenemos políticas criminales con perspectiva de género, eso engloba todos los procedimientos que tienen que ver con violencia de género, leyes deficientes, sanciones irrisorias, procedimientos judiciales que son larguísimos, estándares para todos los delitos, se trata a una violación de la misma manera en la que se trata a un robo de celular, no consideran las circunstancias especiales de los delitos de violencia hacia la mujer, tenemos funcionarios que tienen mentalidades patriarcales y que tratan a las víctimas de manera indigna”.
Todo esto sucede, según la abogada de la Defensoría de la Mujer, porque tenemos un montón de “leyes parche” y no hay una política criminal seria que aborde la violencia de género más allá del concepto de violencia intrafamiliar.
*Seudónimo utilizado por la madre para evitar la revictimización de su hija.