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Abogada Marcela Riquelme: hay un doble estándar del Estado según el nivel socioeconómico en relación con los abortos BRAGA

Abogada Marcela Riquelme: hay un doble estándar del Estado según el nivel socioeconómico en relación con los abortos

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Javiera Bruna
Por : Javiera Bruna Fonoaudióloga y Comunicadora
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La abogada, representante del Colegio de Matronas y Matrones de Chile en el alegato sobre el aborto en tres causales ante el Tribunal Constitucional, conversó con El Mostrador Braga acerca de los derechos sexuales y reproductivos en la nueva Constitución. “Yo creo que el deber de la autoridad, del legislador, así como el deber del constituyente, es legislar sobre lo que existe, estamos legislando sobre una realidad, sobre lo que existe y el aborto existe en nuestro país como realidad palpable y concreta”, expresó.


El escenario chileno en materia de derechos sexuales y reproductivos está al debe. El proyecto que busca despenalizar el aborto hasta las 14 semanas de gestación, no fue aprobado en la Comisión de Mujeres de la Cámara esta semana. Con voto de la DC, se rechazó con 7 en contra versus 6 que buscaban su aprobación. Asimismo, la ley de Educación Sexual promulgada el año 2010 no incluye el autocuidado ni mecanismos de prevención del abuso sexual infantil, como sí lo hacía el proyecto de Educación Sexual Integral, rechazado por falta de quórum en el Congreso. Ante esta realidad, debatir cuáles serán las mejores vías para instalar los derechos sexuales y reproductivos en la nueva Constitución resulta una tarea compleja. Si será posible o no sortear el marco valórico que enmarca y estanca esta y otras discusiones, es una de las interrogantes del momento.

Para abordar estas materias, El Mostrador Braga conversó con la abogada, especialista en derechos civiles y laborales, Marcela Riquelme, que además es madre en una familia homoparental, conformada con su pareja Marcela y dos hijos. Iniciamos esta conversación situándonos en el terreno de los derechos: el de escoger una familia diversa, el matrimonio igualitario y el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos.

“Si vamos a introducir conceptos valóricos, yo creo que eso queda para la moral, pero no para el derecho, nosotros nos regimos por nuestra Constitución, que es una ley, nos regimos por el derecho. Somos un Estado de derecho. El día que escojamos regirnos por la moral, tal vez vamos a ser fundamentalistas, como un Estado islámico (con todo el respeto a la religión musulmana), pero el Corán no solo se refiere a las conductas o a las acciones individuales, sino también sociales y penales”, comenta la abogada.

La responsabilidad del Estado

Si bien la discusión de los derechos sexuales y reproductivos tiene un fuerte componente de género, la naturaleza de este tema es multidimensional. Así, podríamos instalar este tema en el marco de la salud pública o de los derechos civiles. Además, estos derechos abarcan diversos temas que en el presente han sido capitalizados con fuerza por la discusión del aborto en nuestro país, y “la decisión de decidir sobre nuestros cuerpos” ha sido la consigna que el movimiento ha levantado para sostener la lucha.

¿Tendrá chance la discusión de los derechos sexuales y reproductivos en la actual Constitución?

Marcela propone que “hay que legislar sobre la realidad. En Chile existen parejas homosexuales, familias monoparentales, existe el aborto, claro que sí existe, el aborto existe y ha existido en Chile durante muchísimos años. Entonces, si el aborto es una realidad, veamos cómo se desarrolla esta realidad y veremos que es lo mismo que pasa en la justicia, en la salud, en la educación, que tenemos aborto para unas ciudadanas de primera clase y aborto para otras ciudadanas de segunda clase, como todo lo que tenemos en nuestro país”.

Y pone énfasis en los escenarios en los que ocurre el aborto: “Tenemos un aborto privilegiado que es el que sucede en las clínicas, que es más caro, que es confidencial y que es seguro, pero es el mismo aborto que se realiza a veces en casa o en clínicas que no están regularizadas, sin implementos de seguridad básicos, por lo tanto, con alto riesgo de infecciones, alto riesgo de error y de secuelas para las mujeres que se lo practican y, además, tiene el riesgo de cárcel. Tiene un riesgo que es de salubridad y, por otro lado, tiene un riesgo penal”, y agrega que “como Estado no tenemos que juzgarlas –porque son sus decisiones– sino que debemos preocuparnos por satisfacer sus necesidades en la medida que podamos”.

Además, Marcela relevó una serie de problemáticas sociales que se desprenden a partir de no contar con el derecho de decidir sobre la maternidad, entre ellos, la “engorrosa” situación actual de la adopción y acompañamiento a las mujeres que lo deciden en Chile y la crisis del Sename. “En eso fallamos como sociedad, fallamos primero en no tener la opción y fallamos en no tener las necesidades intermedias”, recalca.

También hace referencia a las mujeres que no han tenido la opción del aborto terapéutico en casos de inviabilidad con la vida del feto o el caso de niñas que han sido obligadas a ser madres después de una violación, todas realidades desconocidas para ciertos sectores de la sociedad, “son realidades que a lo mejor la gente no ve, realidad que está presente además en muchas cuotas de idiosincrasia de nuestro país, que no podemos olvidarlo y eso es muy triste”, comenta.

Derechos sexuales y reproductivos en la Convención

Por lo tanto, de múltiples aristas es la discusión que está en juego y el portazo al proyecto de despenalización del aborto no se deja de sentir, las razones que se esgrimen son valóricas en primera instancia y es justamente ese el peón que debe caer para que la discusión sea viable al interior de la Convención Constitucional.

En este sentido, Marcela opina que, “a pesar de que el contenido valórico siempre es importante en todas las decisiones que tomamos en la vida, tenemos que pensar en el concepto país. No estamos legislando por nosotros ni para nosotros, estamos representando a nuestro país y a la realidad de nuestro país, no en la realidad de un grupo privilegiado”.

“En la Convención Constitucional hay un grupo potente de feministas que no se van a cansar hasta que instalen este tema, ellas están muy decididas, hay mucho apoyo ciudadano detrás de ellas, y yo creo que estamos todas las mujeres apoyando esta lucha por instalar estos temas de los derechos reproductivos”, dice Marcela y aprovecha esta línea para profundizar sobre los demás derechos reproductivos que no han sido capitalizados en la discusión del aborto.

“Cuando hablamos de derechos reproductivos, hablamos de la píldora del día después, de los anticonceptivos, de los planes y programas del Ministerio de Salud para prevenir el embarazo adolescente y otras cosas que hoy día no se han relevado como importantes, como es el VIH y las enfermedades de transmisión sexual. Acá hay un eje que va desde la educación, la salud y las libertades individuales”.

Para la abogada, contar con los derechos sexuales y reproductivos en la forma de un derecho consagrado como legítimo en la nueva Constitución, parte por contar con una “educación sexual integral y no binaria desde la infancia. Es la única forma de que lleguemos a una sociedad no violenta”.

LGBT  y derechos al aborto

Una última arista que queda abierta en el asunto de los derechos sexuales y reproductivos, es cómo esta discusión incluye a las comunidades LGBTIQ+. “Hay que ser respetuoso de todas las comunidades y hablar del derecho de quien tenga la capacidad de gestar y hablar de un concepto más amplio”, expresa Marcela al respecto, a la vez que  agrega que “me parece trascendental que cada uno de estos derechos se traduzca en un derecho que tenga cada persona, independiente de su género y orientación sexual”.

Para cerrar esta conversación, la abogada reflexionó sobre la libertad de elegir: “Es un derecho que tenemos que respetar respecto de nuestros hijos y poder tomar estas decisiones desde los 14 años, que es la edad desde la que tienen responsabilidad penal. Los podemos castigar por un delito, pero no les damos responsabilidad sobre su cuerpo. Me parece un doble estándar como sociedad”.

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