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Propuesta de Nueva Constitución
«Se logró el ideal de un enfoque de género transversal»: Observatorio Constitucional U. de Chile califica nueva carta magna como un éxito BRAGA Créditos: Foto de Agencia Uno

«Se logró el ideal de un enfoque de género transversal»: Observatorio Constitucional U. de Chile califica nueva carta magna como un éxito

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Natalia Espinoza C
Por : Natalia Espinoza C Periodista - Contacto: braga@elmostrador.cl / (sólo wsp) Fono sección: +569 99182473
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Desde el comienzo del proceso de redacción de la carta magna, el Observatorio Constitucional de Género de la U. de Chile ha seguido paso por paso el desarrollo de los debates de cada artículo en las comisiones. Se trata de un espacio de la Facultad de Derecho que ha estado apoyando a las y los convencionales, con datos y estudios relacionados con los derechos de las mujeres y de las diversidades sexo-genéricas, con enfoque interseccional, intercultural y de DD. HH. Para la abogada e investigadora del centro, Natalia Morales, ha sido fundamental el “monitoreo del funcionamiento paritario en la discusión de contenidos claves”, de manera que la equidad de género en la redacción no quedara relegada solamente a nichos como los derechos sexuales o la vida libre de violencia, sino que en todos los ámbitos del documento. Ya publicado el primer borrador, asegura que es un éxito, y que de aprobarse la nueva Constitución, se transformará en un caso de estudio y ejemplo a seguir para el resto del mundo.


Que si la constitución es buena, que si no lo es, muchas opiniones existen en torno al maratónico trabajo que las y los convencionales han hecho estos meses. Lo cierto es que nuestro proceso de redacción de una nueva carta magna escrita en democracia, ha sido felicitada hasta por organismos internacionales como la Unión Europea.

“La primera Constitución paritaria del mundo”

¿Es suficiente con incorporar a las mujeres en los debates para que realmente las demandas del movimiento feminista incidan en la sociedad? La respuesta es no, la perspectiva de género no se posiciona con ser 50 y 50, se debe garantizar que aquellas mujeres -y disidencias- tengan peso, apoyo y respaldo en las discusiones.

Para analizar la realidad de este proceso, especialmente en relación con la paridad, conversó con El Mostrador Braga, la abogada de la Universidad de Chile, Magister en DD.HH y asistente de investigación del Centro de Derechos Humanos de la U. de Chile, miembro del Observatorio Constitucional de Género, Natalia Morales.

El Observatorio Constitucional de Género es un proyecto del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la U. de Chile. Surge desde una inquietud y deseo del centro de hacerse parte de este proceso y apoyar a la Convención con insumos académicos, técnicos y también contribuir ayudando a comprender la Constitución que se genere a la ciudadanía.

“Decidimos focalizarnos en el área de género por la importancia que tiene la Convención como el hito histórico, que constituye ser el primer órgano paritario del mundo. Por lo tanto, había un interés muy grande de ver si esta paridad en la composición del órgano iba a poder traducirse en la recepción sustantiva del enfoque de género en las normas”, explica.

Paridad de calidad

Para Morales, una cosa es que el órgano esté compuesto por mitad de hombres y mujeres, y otra diferente es que esas mujeres logren efectivamente incidir en el debate o que tengan una perspectiva feminista, “porque las mujeres no somos un grupo heterogéneo y, por lo tanto, no necesariamente todas tienen un enfoque de género y voluntad de traducir esas normas en la Constitución”, comenta.

La paridad es un  eje estructurante, mediante el cual se puede organizar una democracia. Lo que busca es redistribuir el poder, no solamente se trata de representación, sino que también de participación y de ejercicio de este poder, por lo tanto, debe ser de calidad.

El ideal es que las instituciones del Estado representen la misma diversidad que hay en la sociedad, porque estas están de forma permanente conformadas por hombres, mujeres, disidencias, pueblos indígenas, entre otros grupos. Por ello, para la abogada, es necesario apreciar esa misma diversidad en los órganos que ejercen el poder, y no solamente incluir a las mujeres como un «relleno», en posiciones donde realmente no ejercen influencia.

De hecho, la paridad se aplicó en contra de las mujeres en las elecciones para convencionales, donde once candidatas quedaron fuera por la aplicación del mecanismo de corrección. Ello nunca había pasado, porque la participación femenina, por ejemplo, en el Congreso, “aunque ha ido subiendo con el tiempo, ronda el 20% y no logra superar eso” comenta. Entonces, esta elección masiva de mujeres demuestra cómo los mecanismos, las acciones afirmativas, también posibilitan que las personas visibilicen candidaturas femeninas y entiendan la importancia de apoyarlas.

“Ahora que ya está finalizando el proceso, no lo podemos evaluar de otra forma que no sea reconocer que es un éxito en materia de género. Porque la comprensión que había de la paridad al inicio se fue profundizando hasta ampliarse significativamente”, puntualiza.

En lo concreto, la paridad se arraigó en la conformación de las comisiones, mesa directiva, en todas las coordinaciones, incluso de órganos auxiliares como las asignaciones. “Pudimos tener la perspectiva de las mujeres en todos los ámbitos de elaboración Constitucional: Medio Ambiente, Sistemas de Cultura, Comisión de Sistemas Políticos, etc.”.

Según Morales y el equipo del observatorio, esto es clave, ya que no quedó reducida la visión de las mujeres a un nicho específico, sino que efectivamente “se logró el ideal de un enfoque de género transversal, y eso es algo muy positivo, una experiencia inédita y que sin duda va a ser estudiada en el futuro”.

Constitución actual v/s propuesta paritaria

Según el análisis de la experta de la U. de Chile, gracias a la paridad inclusiva, el borrador observa qué es lo que necesita cada grupo social en razón de sus particularidades, para que los derechos que son generales, o sea, “los de siempre”, como el derecho a la vida, integridad personal, económicos, sociales y culturales, se concreten en esta realidad específica que viven las mujeres, niños, niñas, adolescentes, personas mayores y disidencias.

“Entonces, tenemos un sistema de derecho que incorpora prácticamente todas las demandas que se habían planteado desde el movimiento feminista”, asevera. En lo concreto, se lograron consagrar los derechos sexuales y reproductivos, el cuidado, una vida libre de violencia de género, el reconocimiento al trabajo doméstico, la integridad personal. Se agrega la prohibición de violencia física, la psicológica y sexual.

Otra de las fortalezas de la nueva Constitución es que además de tener un catálogo de derechos mucho más amplio y sólido que el que tenemos en la actual, ofrece algo que se llama mecanismo de garantía”.

La abogada explica que este mecanismo establece herramientas prácticas para defender aquellos derechos previamente anunciados. Existen varios tipos, por ejemplo, “la garantía normativa”, es decir, que el derecho esté formulado de forma tal que quede claro cuáles son las obligaciones que el Estado tiene en relación con ese derecho. “Los derechos no están consagrados de manera escueta”, asegura.

Otro eje importante es que las reformas constitucionales que se soliciten hacer posterior a la aprobación de la carta magna, no pueden afectar los derechos fundamentales como un retroceso. También existen las garantías jurisdiccionales, que son las herramientas que se le entregan a la ciudadanía para reclamar, a través de tribunales, la protección de ese derecho cuando está siendo amenazado o vulnerado.

Este último punto, según el análisis de Morales, es muy débil en la Constitución del 80, por lo que discrimina entre derechos. “El listado de derechos actuales es mucho más acotado que el que ofrece la nueva Constitución, y se divide en dos categorías: aquellos que tienen protección y los que no”.

¿Cuáles son los que no tienen protección? Los derechos económicos, sociales, culturales, la salud, educación, la vivienda. “Entonces, no solamente tenemos vigente un catálogo más reducido, sino que los derechos protegidos están construidos bajo el ideario del constituyente de 1980”.

En este sentido, la innovación en cuanto a herramientas jurisdiccionales, es que se crea la “acción de tutela”, que protege todos los derechos sin ninguna discriminación, por lo que los ciudadanos van a poder recurrir a tribunales, no como ahora.

Nuestro sistema actual es débil en instituciones que protejan los derechos humanos, por ello, se establece la creación de una “Defensoría del Pueblo”, cuyo fin es la protección de los DD. HH. mejorando la posibilidad de las personas para poder acceder a una asistencia jurídica profesional y gratuita cuando tengan esa necesidad.

Observatorio Constitucional de Género

Dentro de los aportes que elaboraron durante el curso del proceso constitucional, se halla la publicación periódica de boletines que analizan una temática particular en relación con el género. Estos documentos breves y sencillos de entender, recogen la manera en que se desarrollaban los debates, respondiendo importantes preguntas como ¿Cuál es la mirada de esos temas desde el Derecho Internacional? ¿Cuál es la perspectiva comparando lo ocurrido en otros países?

Los boletines son de libre acceso y abordan temas como la paridad, violencia política de género, derechos sexuales y reproductivos; disidencias, sexo genéricas, derecho al trabajo, entre otros.

“Estos insumos ayudan también, ahora que ya está terminado el borrador, a dar una perspectiva histórica de cómo se fueron desarrollando los debates y por qué llegamos a la norma que se propone ahora”, explica la abogada.

Actualmente, desde el observatorio están desarrollando dos iniciativas para ayudar a la gente a votar informada antes del plebiscito de salida: una escuela llamada “Nueva Constitución y Derechos Humanos”, que será de libre acceso y totalmente gratuita, y también a través de las redes sociales del Centro de Derechos Humanos, publicarán post informativos y cápsulas.

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