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Caso Antonia Barra: qué implica repetir el juicio contra Martín Pradenas BRAGA

Caso Antonia Barra: qué implica repetir el juicio contra Martín Pradenas

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La ministra de la Mujer y Equidad de Género manifestó su descontento ante la nulidad del juicio, relevando la importancia de reabrir el proceso para las víctimas de violencia y abuso sexual, agregando que “nos parece preocupante que se anule un juicio por la imprudencia de un juez”. Debido a ello, agrupaciones feministas se han articulado para manifestarse en contra de la resolución a las afueras del Palacio de Justicia.


Durante esta mañana la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Martín Pradenas, por vulnerar la garantía de juez por falta de imparcialidad. De esta forma, se comenzará un nuevo juicio contra el Pradenas, quien había sido condenado a 20 años de cárcel por delitos reiterados de abuso sexual y violación, como un fallo histórico en cuanto a justicia con perspectiva de género.

El Poder Judicial confirmó la nulidad de la sentencia a través de sus redes sociales, argumentando que, “Corte Suprema acoge recurso de nulidad por falta de imparcialidad de juez y ordena nuevo juicio oral contra Martín Pradenas”. Asimismo, informaron que el imputado debe permanecer en prisión preventiva hasta reabrir el nuevo juicio oral, además de abrir una investigación en contra del juez para establecer si hubo infracción de sus deberes funcionarios.

Según la directora del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Diego Portales, Alejandra Castillo, en conversación con El Mostrador Braga, “el recurso de nulidad puede tener dos efectos: anula solo la sentencia o anula el juicio y la sentencia definitiva. En este caso, se anularon ambas cosas. El proceso no se reabre, porque no se vuelve al mismo proceso anterior, pero se hace un nuevo juicio como si el anterior nunca hubiese existido. La nueva sentencia deberá valorar nuevamente la prueba, llamará a los testigos, se deberá recavar nuevas pericias, etc. Como es un nuevo juicio, la sentencia no tiene vinculación con la sentencia anterior, en este caso los jueces podrían eventualmente dictar una sentencia absolutoria. Podrían subir la sentencia. Podrían valorar nuevas atenuantes”. Además, la abogada agrega que “dado que el tribunal anterior tenía un vicio de imparcialidad, tienen que ser nuevos integrantes”.

¿Se puede imputar a Pradenas por suicidio femicida?

Durante la semana pasada, en el contexto del Día Nacional Contra el Femicidio, el Gobierno promulgó la “Ley Antonia”, nombre que surge precisamente de este caso. La ley tipifica las figuras de inducción al suicidio y suicidio femicida como tipos de violencia femicida.

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La experta aclara que, “no se puede aplicar bajo ningún respecto la nueva ley Antonia, sobre suicidio femicida. A Pradenas jamás se le podría imputar, además en este nuevo juicio, por suicidio femicida porque eso sería aplicación retroactiva de la ley menos favorable, y eso es inconstitucional”. 

Reacciones del fallo

La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, publicó a través de sus redes sociales su declaración como gabinete, subrayando que la decisión del máximo tribunal puede ser una señal revictimizante para la familia de Antonia Barra y otras víctimas de este tipo de delitos. 

“Nos preocupa cómo esto revive otros procesos para muchas víctimas, quienes son sobrevivientes de abuso y violencia sexual. Creemos que es fundamental que durante todas las etapas del proceso judicial, se tome todo con la mayor delicadeza. Nos parece preocupante que se anule un juicio por la imprudencia de un juez”, dice la responsable de cartera a través de un vídeo subido a su cuenta de Twitter.

Debido a lo anterior, agrupaciones y organizaciones feministas se han comenzado a articular y se reunieron al exterior del Palacio de Tribunales para manifestarse contra la resolución. «¡Corte Suprema, vergüenza nacional, a Martín Pradenas quiere liberar!», gritaron las manifestantes.

  • [*] Este artículo describe o contiene elementos de un proceso judicial en curso. Existe la posibilidad de que los cargos o hechos sean desestimados al finalizar la investigación o el proceso, por lo cual NO se debe considerar al o los mencionados como imputados como culpables, o los hechos como fehacientes sino plausibles, hasta que la Justicia respectiva dicte sentencia.
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