Se acabaron las instancias para apelar: este 28 de julio a las 13 horas, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció a Martín Pradenas a 17 años de presidio mayor en su grado máximo, tres años menos que el juicio anterior anulado por la Corte Suprema. Se le descontarán tres años de condena por el cumplimiento de medidas cautelares y como penas accesorias, quedó inhabilitado para ejercer cargos públicos y se le eximió de pagar las costas de la causa, es decir, los gastos administrativos, entre otros castigos.
Luego del juicio anulado por la Corte Suprema de Justicia en diciembre de 2022, este 7 de julio Martín Pradenas Dur fue declarado por segunda vez culpable, por su autoría en siete delitos sexuales (dos delitos de violación y cinco de abuso sexual en contra de niñas y mujeres mayores y menores de 14 años) consumados entre noviembre de 2010 y septiembre de 2019.
Este 28 de julio a las 13 horas, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco lo sentenció a 17 años de presidio mayor en su grado máximo, pese a que Fiscalía solicitó una pena de más de 40 años. Además, se le restarán los años que lleva cumpliendo medidas cautaleres (desde 2020 hasta hoy), es decir, se le descontarán tres años de condena. Como penas accesorias, el juez inhabilitó a Pradenas para cargos y oficios públicos, lo mismo en sus derechos políticos y profesiones titulares mientras dura la condena, se le eximió de pagar las costas de la causa y prohibió visitar el domicilio, establecimiento educacional o lugar de trabajo de las víctimas, así como la prohibición de aproximarse a ellas en cualquier lugar en que se encuentren, por 10 años.
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A la par, se le inhabilitó de forma perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Para la Directora de la Unidad de Género de la Fiscalía, Ivonne Sepúlveda, se trató de un “caso complejo” dada la muerte de una de las víctimas, lo cual exige “construir de acuerdo a otras pruebas” al no estar el relato principal presente.
La especialista explicó que cuando hay transcurso del tiempo y no hay una denuncia inmediata, requiere un trabajo investigativo “con perspectiva de género”, para desprender todos estos sesgos que puedan presentarse a lo largo de la investigación.
De manera similar, el fiscal Miguel Rojas valoró la sentencia y señaló que lo relevante de ella fue que se “se ha creído a cada una de las víctimas y se han acreditado a cada uno de los hechos”.
La pena establecida y que ha sido comunicada el día de hoy está dentro de los rangos que podría haberse aplicado, pero el fundamento lo vamos a estudiar una vez que tengamos el contenido completo de la resolución (…) nos parece que es una pena alta que se encuadra dentro del rango legal, pero el fundamento de la exposición de esta condena la vamos a estudiar cuando conozcamos la resolución respectiva”, agregó.
Además, destacó que la pena establecida “está dentro de los rangos que podría haberse aplicado”.
Desde el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana sostuvo que el Poder Judicial “es un poder autónomo”.
“Como ministerio somos parte del poder ejecutivo y, por lo tanto, no podemos comentar fallos ni sentencias, ni decisiones judiciales. Queremos mandarle un muy grande abrazo a todos los familiares de las víctimas de Martín Pradenas y también a las víctimas sobrevivientes, porque este no es solo un juicio por los delitos cometidos en contra de Antonia Barra”, puntualizó.
La Coordinadora 8M subrayó que “nunca una condena va a reemplazar la vida perdida de una mujer” y mostraron su insatifacción dada la rebaja de la condena respecto del primer juicio.
“Es importante seguir impulsando una reforma al sistema judicial para que se aplique y tranversalice una perspectiva de género (…) Queremos aprovechar de saludar la valentía tanto de la familia de Antonia, como de todas las mujeres que se deciden por denunciar. Justicia para Antonia, Justicia para todas”, cerraron.