El abogado Álvaro Ferrer representó a los 54 diputados de oposición que solicitaron la inconstitucionalidad del inciso sobre educación no sexista en la Ley Integral. Por otro lado, la abogada Verónica Undurraga representó al Ejecutivo, instando a rechazar la petición.
El Tribunal Constitucional (TC) escuchó esta mañana los alegatos de diputados de oposición y del Ejecutivo sobre el requerimiento que busca declarar inconstitucional el inciso 2 del artículo 12 de la recientemente aprobada Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres, que reza: “Los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado deberán promover una educación no sexista”.
El abogado Álvaro Ferrer encabezó los alegatos ante los ministros del TC en representación de los 54 diputados de la UDI, RN, Republicanos, PDG y Partido Social Cristiano que firmaron el requerimiento. Ferrer argumentó que el concepto de “no sexista” contenía una indudable carga valórica que incluso iba más allá del concepto de perspectiva de género. Además, se alegó que la norma afectaría la libertad de conciencia y de religión, la libertad de enseñanza y “el derecho de los padres a escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos”.
“No es lo mismo promover la igualdad entre hombres y mujeres, y prevenir la violencia de la mujer en todas sus formas, que promover una educación no sexista. De manera clara, la redacción denota precisamente un afán hegemónico que ni siquiera da espacio para que el término no sexista se pueda comprender en términos plurales y alternativos, toda vez que plantea la existencia de una educación no sexista que, sumado a su contenido no neutral, amenaza gravemente con conculcar derechos fundamentales. especialmente los que hemos mencionado”, planteó el abogado.
Por otro lado, la abogada Verónica Undurraga representó al Ejecutivo, solicitando el rechazo al requerimiento presentado por parlamentarios de oposición.
La abogada argumentó que “quienes ingresaron el requerimiento de inconstitucionalidad de la educación no sexista en la Ley Integral están interpretando la norma dejando de lado su objetivo declarado, que es la prevención de la violencia contra las mujeres”.
“El mandato de educación no sexista es uno de no discriminar entre los sexos y apartar los estereotipos y prejuicios dañinos para las mujeres”, añadió la abogada, agregando que aquel inciso se incluye dentro de las medidas de prevención en contra de la violencia hacia las mujeres.
Con respecto al derecho preferente de los padres a educar a sus hijos, la abogada argumentó que “es eso, una preferencia, en general hay que atender primero a lo que señalan los padres, pero habrá casos en que tiene que limitarse (…) El derecho a la educación para niños, niñas y jóvenes es auxiliado por el derecho preferente de los padres y esto también coexiste con el deber del Estado, según la Convención de Derechos del Niño, de garantizar que NNA sean educados en el principio de igualdad”.
Los parlamentarios de oposición sostienen que la educación no sexista podría ser una alternativa para los padres y estudiantes que así lo desearan y eligieran para sus hijos, “pero en ningún caso puede ser una obligación que deba promoverse desde un órgano del Estado”.
Ante estos hechos, ONU Mujeres expresó su preocupación y enfatizó la importancia de mantener una educación no sexista en el país como herramienta esencial para prevenir la violencia de género y eliminar estereotipos discriminatorios.
Con firma de su Directora Regional para Las Américas y el Caribe, María Noel Vaeza, destacan que la violencia contra las mujeres es un fenómeno global que requiere acciones inmediatas para su erradicación. Según las estadísticas, la violencia física y sexual contra las mujeres tiene graves consecuencias en ámbitos físicos, psicológicos, educativos y económicos.
En este contexto, ONU Mujeres destaca la relevancia de la educación no sexista como una herramienta esencial para prevenir la violencia contra las mujeres y eliminar estereotipos de género. “La educación formal e informal permite impactar en las estructuras sociales”, reforzando la importancia de reaccionar contra la desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres.
La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) insta a los Estados Parte a adoptar medidas para eliminar la discriminación contra la mujer en el ámbito de la educación, haciendo referencia a la importancia de una educación no sexista y la eliminación de estereotipos de género en los currículos escolares.
“Justamente, Chile al aprobar una norma que aboga por la no discriminación de la mujer en el plano educativo, tal como lo es la educación no sexista, está dando cumplimiento a las observaciones del Comité de la CEDAW y a las Recomendaciones Generales antes destacadas, las que son claras en señalar que la superación de los estereotipos de género con una herramienta eficaz para la prevención de la violencia contra las mujeres”, asevera el documento.
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