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Corte Suprema ordena rehacer tramitación ambiental de vertedero de desechos tóxicos en zona de sacrificio de Tiltil CULTURA

Corte Suprema ordena rehacer tramitación ambiental de vertedero de desechos tóxicos en zona de sacrificio de Tiltil

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Emilia Aparicio
Por : Emilia Aparicio Periodista El Mostrador
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En 2017 el Comité de Evaluación Ambiental aprobó la instalación de un nuevo vertedero de residuos industriales peligrosos de la empresa CICLO. Ante esta situación, una de las observaciones ciudadanas impugnaba que la Resolución de Calificación Ambiental no calculó el impacto que el transporte de estos desechos podría tener en la localidad de Rungue. A cuatro años de esos hechos, el máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado por la Municipalidad de Tiltil y ordenó retrotraer el proyecto al momento antes de la Resolución de Calificación Ambiental.


El proyecto que instalaría una planta de tratamientos de residuos industriales tóxicos en la comuna de Tiltil tendrá que comenzar nuevamente la tramitación ambiental.

En 2014 la empresa CICLO presentó ante el  Servicio de Evaluación Ambiental la tramitación para el desarrollo del Centro Integral de Gestión de Residuos Industriales (CIGRI) que estaría localizado en el sector de Los Ciruelos a 3 kilómetros al sur de la localidad de Rungue.

Luego de pasar por votación del Consejo de Ministros, el Comité de Evaluación Ambiental (CEA) en septiembre de 2017 aprobó la instalación del nuevo vertedero de residuos industriales peligrosos de la empresa CICLO. Ante esta situación la Municipalidad de Tiiltil presentó un recurso de casación de la Corte Suprema.

Casi cuatro años después, el máximo tribunal de justicia falló a favor del recurso de casación por lo que la Resolución de Calificación Ambiental se deberá retrotraer.

La sentencia expresa: “Se dispone que se deberá retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental al estado de que la autoridad disponga la realización de los estudios, informes y diligencias que fueren pertinentes a fin de recabar los antecedentes necesarios para hacerse cargo, oportuna, cabal y debidamente, de las observaciones planteadas por los actores”.

La abogada que presentó el recurso de casación Nancy Yáñez señaló que “la Resolución de Calificación Ambiental en realidad  no evaluó qué impacto va generar en las personas y en las localidades del territorio. Impactos que dicen relación con la libertad de desplazamiento de las personas y con la afectación en su sistema de vida y en su integridad física producto de los riesgos de derrames del transporte y de eventos que podrían generar como podría ser accidentes o incendios”.

Yáñez explicó que lo que expresa la sentencia es que la autoridad ambiental se hizo cargo de otras observaciones ambientales pero que no determinó el impacto que el transporte podría tener en las personas, de modo que se obliga a la empresa a retrotraer el procedimiento.

Para la comunidad es una buena noticia porque según explica la abogada “eso significa también que se vuelve abrir las oportunidades para accionar judicialmente por parte de la comunidad afectada, en este caso Tiltil, sus organizaciones y todos los que habitan en esta comuna”.

“Se inicia un largo camino que supone no solamente complementar los instrumentos de gestión ambiental sino que también si estos son insuficientes a juicio de la comunidad”, agregó.

La zona de sacrificio de la Región Metropolitana

La comuna ubicada en el norponiente del Gran Santiago fue destinada a partir de la década del 90 a convertirse en la zona de sacrificio de la RM, el Plan Regulador metropolitano determina que según el uso de suelo un área de la comuna de Tiltil puede acoger actividades peligrosas contaminantes e indeseables.

Ante esto la abogada Nancy Yáñez manifestó:  “Esta resolución abre nuevamente el debate judicial, demorando el proyecto y por lo tanto poniendo en cuestión y riesgo su viabilidad, la comunidad también espera que esto nos de también el tiempo para discutir lo que significa tener en la Región Metropolitana una comuna condenada a ser una zona de sacrificio».

«El ajuste a los instrumentos de ordenamiento territorial es una de las tareas fundamentales de la nueva gobernación. Esperamos que el gobernador esté a la altura de las circunstancias y por lo tanto modifique el Plan Regulador Metropolitano de Santiago de una manera que garantice la equidad de todo el territorio y no siga condenando a Tiltil a esta situación», sentenció.

Revisa el fallo en el siguiente a continuación: 

Sentencia de reemplazo

Sentencia Suprema

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