Tras su rechazo el pasado 5 de abril, fueron aprobados con 115 y 117 votos a favor los incisos 1 y 3, respectivamente, de la propuesta de la Comisión de Sistemas de Conocimientos, Cultura, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonio. «La Constitución asegura a todas las personas la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, comprendiendo los derechos morales y patrimoniales sobre ellas, en conformidad y por el tiempo que señale la ley, que no será inferior a la vida del autor. Asimismo, la Constitución asegura la protección a los derechos de intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, de conformidad a la ley», señala el inciso clave. Tras la división en el mundo cultural respecto a este articulado, los Derechos de Autor finalmente estarán presentes en el borrador de la nueva Carta Magna.
Este miércoles la Comisión de Sistemas de Conocimientos, Cultura, Ciencia, Tecnología, Artes y Patrimonio presentó en el Pleno de la Convención Constitucional el informe de segunda propuesta de norma constitucional. Entre los incisos que se votaron, se aprobó el Artículo 6 sobre Derechos de Autor.
«¡Gran día para los artistas, creadores e investigadores de nuestro país! Ha sido un largo camino, pero, por fin, llegamos a puerto. Con 115 votos, se consagran los derechos de autor en la nueva Constitución», expresó Ignacio Achurra, uno de los constituyentes que promovió la norma.
En detalle, si bien los convencionales aprobaron la norma durante la votación en particular de los incisos, estos rechazaron los números 4 y 5, aprobando el inciso 1 con 115 votos a favor, 13 en contra y 25 abstenciones, mientras que el inciso 3 fue apoyado con 117 votos a favor, 6 en contra y 30 abstenciones.
«La Constitución asegura a todas las personas la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, comprendiendo los derechos morales y patrimoniales sobre ellas, en conformidad y por el tiempo que señale la ley, que no será inferior a la vida del autor. Asimismo, la Constitución asegura la protección a los derechos de intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, de conformidad a la ley», señala el inciso.
Finalmente, los Derechos de Autor estarán en la propuesta de nueva Carta Magna que presentará la Convención Constitucional y que se votará en el plebiscito del próximo 4 de septiembre.
La norma había sido rechazada en el primer informe de la comisión, donde el principal cuestionamiento era sobre si el contenido debía ser abordado por la Constitución o solo por la ley. Sin embargo, desde organizaciones de artistas y trabajadores de las culturas apoyaron fuertemente la propuesta de norma.
En la votación de la instancia plenaria fueron aprobados también los artículos que reconocen el derecho a los pueblos y naciones indígenas a preservar los conocimientos tradicionales y saberes ancestrales, el fomento al desarrollo de los diversos sistemas de conocimientos, y que la Constitución reconoce los derechos culturales del Pueblo Tribal Afrodescendiente.
Además, fue aprobada la norma que «prohíbe la asimilación forzada o destrucción de las culturas de los pueblos y naciones indígenas» y la que establece que el «acceso a la información pública será garantizado con la sola excepción de aquellas materias que la ley determine reservada o secreta».