En específico, se modificó el artículo 66 del Código del Trabajo, ampliando el permiso pagado por la muerte del padre o madre del trabajador y trabajadora a cuatro días hábiles.
Durante esta jornada se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.441, la que establece la extensión de la duración del permiso laboral para las personas que han sufrido la perdida de un familiar directo (padre, madre y se incorporó hermano o hermana).
En específico, se modificó el artículo 66 del Código del Trabajo, ampliando el permiso pagado por la muerte del padre o madre del trabajador y trabajadora a cuatro días hábiles.
También, se extiende por la misma duración el permiso laboral por el fallecimiento de un hermano o hermana.
Con la modificación realizada, los permisos laborales quedan de la siguiente forma: