El gobierno tuvo que hacer modificaciones al proyecto de ley del aumento del salario mínimo, ya que ingresó una serie de indicaciones en su tramitación en las Comisiones Unidas de Trabajo y Hacienda del Senado, logrando destrabar y avanzar con la discusión. Estas indicaciones se vinculan con los subsidios a las Pymes, la compensación de la Canasta Básica y el Ingreso Mínimo Garantizado.
El proyecto del aumento al salario mínimo ya está listo para ser ley, tras obtener la aprobación del Senado ayer y ser ratificado hoy por la Cámara de Diputados. Se determina entonces que el salario mínimo a partir de mayo será de $380 mil y desde agosto aumentará a $400 mil.
Previo a lo anterior, el gobierno tuvo que hacer modificaciones a la iniciativa, ya que ingresó una serie de indicaciones en su tramitación en las Comisiones Unidas de Trabajo y Hacienda del Senado, logrando destrabar y avanzar con la discusión.
Una de las principales variaciones se orientan a la fórmula de entrega del subsidio para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), para que puedan garantizar este aumento del sueldo a su empleados.
Dicho beneficio comenzará en mayo con un monto de $22 mil por trabajador, con un reajuste de $4 mil en agosto, subiendo hasta los $26 mil. Después el próximo año, en enero si el salario mínimo sube a $410 mil, el subsidio pasará a ser de $32 mil. Además, se mantendrá parejo el monto del subsidio hasta las medianas empresas, ya que en el proyecto original el monto comenzaba a decrecer para las medianas empresas.
Respecto al subsidio para las empresas, el Gobierno informó que se habilitará una plataforma en el Servicio de Impuestos Internos (SII) para que cada pequeña y mediana empresa pueda realizar su solicitud.
Al respecto, el ministro de Economía, Nicolás Grau detalló que el «salario mínimo opera desde ahora», pero «en el caso del apoyo a las empresas de menor tamaño, como se tiene que habilitar una página desde el Servicio de Impuestos Internos, eso va a operar desde junio», consagró Cooperativa.
Eso sí, advirtió que el hecho de que sea a partir de dicho mes «no va a inhibir la posibilidad de que se pague retroactivamente la parte que corresponde a mayo».
En ese sentido, explicó que «va a ser una solicitud muy simple a través de una página web: va a ser algo automático, no va a ser algo que tengan que postular o entregar papeles al respecto», puntualizó Grau.
Otra de las modificaciones, se refiere a la extensión hasta abril de 2023 de la compensación a la canasta básica por el alza de precios de los alimentos, la cual originalmente terminaba en diciembre. Ahora este beneficio será hasta la nueva negociación por salario mínimo (en la fecha señalada).
Además, se van incorporar nuevos beneficiarios a la compensación, mediante el instrumento del programa Ingreso Familiar Permanente. Es decir, aquellos hogares que no tienen Subsidio Único Familiar ni Asignación Familiar. Así, se favorecerá a quienes son beneficiarios de Programa Seguridades y Oportunidades y Chile Solidario.
Por último, a los cambios se sumó un funcionamiento más fácil para el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). Ahora va requerir solo una postulación al beneficio, en lugar de la exigencia mensual actual y también se va dejar un aporte plano en vez del aporte por horas efectivamente trabajadas.
Pero, ¿qué es este beneficio? el IMG está destinado a los trabajadores dependientes que pertenezcan al 90% más vulnerable de la población, de acuerdo a como lo indique el Registro Social de Hogares (RSH).
El propósito del subsidio es aumentar los ingresos de los empleados beneficiarios, de tal modo que se garantice un sueldo líquido de, al menos, $340.817.
Según el Ministerio de Desarrollo Social, los requisitos para postular son los siguientes:
-Ser trabajador dependiente.
-Tener un contrato acogido al Código del Trabajo.
-Tener un sueldo bruto mensual menor a $452.477.
-Tener una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
-Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población, según el RSH.
Otra modificación vinculada al Ingreso Mínimo Garantizado, la cartera de Desarrollo Social informó que «se suprime el procedimiento de postulación (del subsidio) a través del empleador», que el texto original proponía.
Por lo que, «se precisa que el trabajador deberá solicitar el beneficio en la plataforma que se disponga para ello».
Finalmente, cabe recordar que quienes sean beneficiarios del IMG recibirán un monto que será acorde a su remuneración bruta imponible. Mientras mayor sea la remuneración, menor será la cantidad de dinero que reciba el trabajador por concepto del beneficio.