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Ley Jacinta: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para obtener licencia de conducir? DATOS ÚTILES

Ley Jacinta: ¿Cuáles son los nuevos requisitos para obtener licencia de conducir?

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La iniciativa es impulsada en honor a Jacinta, una niña de 5 meses que fue atropellada en agosto de 2023 por un hombre de 80 años.


La ley Jacinta es un proyecto de ley que modifica las exigencias para quienes quieran la renovación o solicitar la licencia de conducir. La iniciativa que en un comienzo apuntaba a solo a adultos mayores modificó como exigencia para todos los que necesiten el carnet de conductor.

El proyecto iba a ser votado en general por la comisión de Obras Públicas de la Cámara de Diputados el martes 9 de enero se postergo, porque, los parlamentarios fueron advertidos por expertos que la medida es discriminatoria y podría haber afectado la autonomía de las personas mayores

Actualmente, las condiciones para acceder a una licencia de conducir no profesional son:

  • Cédula de identidad.
  • Ser mayor de 18 años o, excepcionalmente, tener 17 años (en este último caso debe acreditar la realización de un curso en una escuela de conductores).
  • Ser egresado de enseñanza básica.
  • Independiente de la edad, para acceder a la licencia por primera vez, el aspirante debe rendir tres tipos de exámenes: uno teórico, uno práctico y otro que mide sus capacidades psicotécnicas y de visión. Todas estas evaluaciones se realizan en la municipalidad de su comuna de residencia.

El exigencia que se incorporaría a estas condiciones son que se solicitará un certificado médico a todas las personas mayores de 18 años que hagan el trámite, con el que se demuestre que la persona no presenta una enfermedad que pueda limitar sus capacidades motoras o físicas.

La iniciativa en un comienzo apuntaba a solo a personas mayores de 65 años presentaran un certificado médico que acreditase que están en condiciones óptimas de salud para solicitar o renovar la licencia, pero se modificó para todos los que necesiten el carnet de conductor.

En casos específicos como señala el artículo uno del borrador del proyecto: “En caso de que el postulante sí padezca alguna enfermedad señalada en el reglamento para el otorgamiento de licencias de conducir, el médico deberá dejar constancia de que el postulante se encuentra en tratamiento médico y de su aptitud para la conducción de un vehículo”

“Aquel solicitante de licencia (…) que padezca cualquier enfermedad que por su tratamiento afecte de cualquier forma la capacidad psicomotora del peticionario, se denegará sin más trámite su solicitud “, especifica el borrador de la propuesta según publicó El Mercurio.

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