La persona puede revisar el monto solicitado al final del Formulario 22, el que se denomina “Monto de la devolución solicitada” (código 87).
Este mes se ha estado desarrollando la Operación Renta 2024 y como en cada año, surgen una cantidad de inquietudes entre los contribuyentes. Una de ellas es: ¿Tendré una devolución de impuestos o no?
La Defensoría del Contribuyente -organismo público- indicó que primero se debe verificar la propuesta que el Servicio de Impuestos Internos (SII) pone en abril, la persona puede revisar el monto solicitado al final del Formulario 22, el que se denomina “Monto de la devolución solicitada” (código 87), junto con los datos bancarios ingresados.
En esa línea, el defensor nacional del Contribuyente, Ricardo Pizarro, acotó que “lo importante en esta etapa es verificar cada información que aparezca en el Formulario 22 para evitar posibles observaciones que pueden derivar en un incumplimiento de los deberes tributarios y posibles multas”.
“Por tanto, cada contribuyente debe recordar que siempre será el o la responsable de confirmar o modificar esta propuesta, en caso de que lo entregado por terceros contenga errores”, agregó.
La Declaración de Impuesto a la Renta se podrá realizar durante cuatro períodos:
En caso de seleccionar la opción “cheque” como medio de pago, independiente de la fecha de declaración, su devolución será el 30 de mayo.
La persona interesada en conocer el estado de la devolución de impuestos, la puede realizar mediante dos instancias: Servicio de Impuestos Internos (SII) y Tesorería General de la República (TGR).
En el SII se puede hacer mediante la página web ingresando con el RUT y Clave Tributaria o Clave Única. Más tarde, se selecciona la opción “Servicios Online”, Declaración de renta”, “Consulta y seguimiento”, “Consultar estado de declaración” y tras ello ingresar el año tributario que quiere revisar.
En caso de revisar la TGR, primero se debe visitar el sitio web iniciando la sesión con Clave Única o Clave Tributaria. Luego, ingresar a la opción “Beneficios y Devoluciones”, para más tarde hacer clic en “Consultas” y luego presionar “Consulta Renta” y “Consultar Devolución Renta”, para conocer el detalle.
Puede suceder que la devolución de impuestas haya sido retenida, en ese caso, los contribuyentes deben revisar si tiene deudas educacionales, por pensión de alimentos o deudas fiscales, entre otros.
Para ello, se tienen que hacer los mismos pasos anteriormente descritos y en caso de continuar con la devolución retenida u otras dudas, existe la posibilidad de contactar a la Defensoría del Contribuyente mediante el sitio web: www.dedecon.cl, en el cual un equipo especializado en materia tributaria orienta y ayuda de forma gratuita.