Publicidad
Bonos del estado en invierno: conoce las cinco ayudas que se pagan en Chile DATOS ÚTILES

Bonos del estado en invierno: conoce las cinco ayudas que se pagan en Chile

Publicidad

Son cinco las bonificaciones y ayudas que se entregarán este invierno en Chile. Conoce en detalle cada una de ellas.


Desde el pasado jueves 20 de junio, el invierno ha comenzado, trayendo consigo la típica disminución de temperaturas y el aumento en los costos de calefacción para los hogares y otros gastos asociados. Es importante informarse sobre los bonos y ayudas disponibles durante esta temporada para saber si podrías ser beneficiario de alguno de ellos.

Conoce las ayudas entrega el Estado durante invierno

Bolsillo Familiar Electrónico

Durante los meses de invierno, el Gobierno ha confirmado la reactivación del Bolsillo Familiar Electrónico para julio, agosto y septiembre.

Es un pago directo de $13.500 pesos a la Cuenta RUT por carga familiar, exclusivamente destinado para la compra de alimentos en comercios del rubro alimenticio. El monto no puede ser retirado ni transferido.

Anteriormente, el beneficio solía pagarse el primer día hábil de cada mes; sin embargo, la fecha de pago de julio aún no ha sido confirmada oficialmente.

Bono al Trabajo de la Mujer

A partir del viernes 28 de junio, iniciarán los pagos mensuales del Bono al Trabajo de la Mujer, dirigido a trabajadoras de entre 25 y 59 años que se encuentren dentro del 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).

Las postulaciones para el Bono al Trabajo de la Mujer pueden realizarse en cualquier fecha del año a través del sitio web del Sence, utilizando la Clave Única. Al solicitar el beneficio, las mujeres tienen la opción de elegir entre recibir pagos mensuales o un pago anual, este último entregado una vez al año.

Subsidio al Empleo Joven

El Subsidio al Empleo Joven está dirigido a trabajadores de entre 18 y 24 años, tanto dependientes como independientes, que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).

Al igual que el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), el Subsidio al Empleo Joven tiene su pago programado para el viernes 28 de junio. El pago se realizará según la opción seleccionada al momento de postular: mediante depósito en Cuenta RUT o cuenta bancaria, o en efectivo en sucursales de BancoEstado.

Subsidio Único Familiar

El Subsidio Único Familiar (SUF) experimentará un significativo reajuste y aumento en sus montos a partir del 1 de julio. Este ajuste se debe a los compromisos acordados en el marco de la negociación anual entre el Gobierno y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).

Actualmente, el Subsidio Único Familiar (SUF) tiene un pago máximo de $20.328 por cada carga familiar acreditada. A partir del 1 de julio, esta cifra aumentará a $21.243 por carga familiar, aplicable a aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no supere los $586.227.

En caso de que se exceda el ingreso mensual, estos serán los otros montos a recibir:

  • $13.036 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere $586.227 y no exceda $856.247.
  • $4.119 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere $856.247 y no exceda $1.335.450.

Para recibir el Subsidio Único Familiar (SUF), es crucial solicitarlo directamente a través de tu municipalidad. Además, es requisito ser parte del 60% más vulnerable.

Asignación Familiar y Maternal

La Asignación Familiar 2024 es uno de los beneficios más solicitados al Instituto de Previsión Social (IPS) por personas que tienen cargas familiares debidamente acreditadas.

Este beneficio otorga un monto específico por cada carga familiar, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos. A partir de julio, se entregarán los mismos montos que el Subsidio Único Familiar (SUF). Pueden recibirlo trabajadores, pensionados y otras personas que tengan cargas familiares debidamente registradas, como por ejemplo:

  • Trabajadores dependientes del sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez, solo en relación con su descendencia.
  • Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante, solo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
Publicidad

Tendencias