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Cobra tu Seguro de Cesantía sin finiquito: revisa los documentos que debes entregar DATOS ÚTILES

Cobra tu Seguro de Cesantía sin finiquito: revisa los documentos que debes entregar

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El finiquito es el documento que formaliza el término de la relación laboral y es el más común para cobrar el Seguro de Cesantía. Sin embargo, no siempre se tiene acceso a este documento. No te preocupes, existen otras alternativas, revísalas a continuación.


Quedar cesante es una situación compleja que puede generar incertidumbre y dificultades económicas. Sin embargo, es importante recordar que los trabajadores que se encuentran en esta situación tienen derecho a cobrar el Seguro de Cesantía, un fondo que se acumula durante la vida laboral y que puede ser utilizado para financiar la búsqueda de un nuevo empleo, iniciar un emprendimiento o cubrir gastos básicos.

¿Qué hacer si no tengo finiquito?

El finiquito es el documento que formaliza el término de la relación laboral y es el más común para cobrar el Seguro de Cesantía. Sin embargo, no siempre se tiene acceso a este documento. No te preocupes, existen otras alternativas:

  • Cartas:

    • Despido: emitida y firmada por el empleador.
    • Comprobante de carta de despido: emitido por la Dirección del Trabajo.
    • Renuncia: firmada por ti y ratificada ante un ministro de fe.
    • Mutuo acuerdo: firmada por ti y el empleador, y ratificada ante un ministro de fe.
    • Autodespido o despido indirecto: firmada por ti.
  • Actas:

    • Avenimiento: firmada por el empleador, tú y un juez.
    • Comparecencia o conciliación judicial: firmada por el empleador, tú y un juez.
  • Contratos:

    • Menor a 30 días: firmado por ti y el empleador.
    • De trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: firmado por ti.
  • Otros documentos:

    • Certificado de término de relación laboral de la Inspección del Trabajo.
    • Declaración jurada electrónica de la Dirección del Trabajo (con firma electrónica tuya y del Inspector del Trabajo).
    • Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador (firmada por el liquidador).
    • Conciliación ante la Dirección del Trabajo (firmada por ti y el empleador, con firma digital mediante Clave Única del Estado).
    • Sentencia judicial (firmada por un juez, con certificado de ejecutoría).
    • Demanda laboral por despido injustificado, indebido o improcedente.

¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?

  1. Solicita el cobro del Seguro de Cesantía en la AFC: Puedes hacerlo online o presencialmente.
  2. Presenta la documentación requerida.
  3. Espera la aprobación de tu solicitud.

Recuerda:

  • Tienes 12 meses para cobrar el Seguro de Cesantía desde la fecha de término de la relación laboral.
  • Puedes usar el Seguro de Cesantía para financiar tu búsqueda de empleo, iniciar un emprendimiento o cubrir gastos básicos mientras encuentras un nuevo trabajo.

Para más información, consulta la página web de la AFC: https://www.afc.cl/

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