Una vez que alguien queda desempleado, no existe un plazo definido para solicitar el Seguro de Cesantía. Igualmente, enfatizaron que “no es necesario que realice su trámite inmediatamente después del término de su contrato”.
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) es responsable de proporcionar beneficios a sus afiliados que se encuentren desempleados.
Cuando los trabajadores afiliados a la AFC quedan desempleados, tienen la opción de retirar dinero de su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) del Seguro de Cesantía. En esta cuenta, se cotiza mensualmente un porcentaje de su remuneración imponible.
Una vez que alguien queda desempleado, no existe un plazo definido para solicitar el Seguro de Cesantía.
La AFC detalló que “no existe plazo o fecha límite para efectuar la solicitud” El beneficio puede ser solicitado en cualquier momento mientras la persona mantenga su condición de cesante.
Igualmente, enfatizaron que “no es necesario que realice su trámite inmediatamente después del término de su contrato”; sin embargo, se sugiere iniciar la solicitud a partir del décimo día después del cese del contrato.
Las personas que cumplen con los siguientes requisitos pueden solicitar el Seguro de Cesantía:
Para solicitar el Seguro de Cesantía, se puede realizar tanto por Internet como de manera presencial. Para hacerlo en línea, es necesario ingresar a la sucursal virtual de la AFC iniciar sesión y seleccionar la opción “cobro del seguro”.
Aquellas personas que opten por cobrar el seguro de manera presencial deben dirigirse a una sucursal de la AFC. Pueden conocer los horarios y ubicaciones disponibles aquí.