Esta asistencia también es reconocida como el “Programa de Integración Social y Territorial”, dado que uno de sus objetivos es facilitar que familias de clase media y con ingresos más bajos puedan residir en áreas residenciales bien ubicadas.
Los beneficios habitacionales para la compra de vivienda incluyen el Subsidio DS19, el cual suele ser solicitado por familias que no cumplen los requisitos para acceder al Subsidio DS1 o al Subsidio DS49.
A diferencia de los dos mencionados anteriormente, que requieren una postulación en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), la característica principal del DS19 es que su asignación se gestiona directamente con la inmobiliaria o constructora del proyecto habitacional, siempre y cuando esté registrada para otorgar este beneficio.
Esta asistencia también es reconocida como el “Programa de Integración Social y Territorial”, dado que uno de sus objetivos es facilitar que familias de clase media y con ingresos más bajos puedan residir en áreas residenciales bien ubicadas, con acceso a diversos servicios y espacios verdes.
Según la explicación de la plataforma Enlace Inmobiliario de BancoEstado, el valor máximo de la vivienda que se puede adquirir mediante el Subsidio DS19 varía dependiendo de si se utiliza o no un crédito hipotecario para complementar la compra de la propiedad.
El valor máximo de la vivienda es de hasta 1.100 UF en zonas regulares y 1.200 UF en zonas más extremas, lo que equivale a aproximadamente $40.8 millones y $44.5 millones, respectivamente, según el cambio actual.
Se requiere un ahorro mínimo y presentar alguno de los siguientes certificados de subsidio:
El valor máximo del inmueble es de hasta 2.200 UF en zonas regulares y 2.400 UF en zonas más extremas, lo que equivale aproximadamente a $81.6 millones y $89 millones, respectivamente.
Para comprar mediante esta alternativa se exige un ahorro mínimo y alguno de los siguientes certificados de subsidio: