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Subsidio Familiar Tradicional: revisa quiénes pueden obtenerlo y cómo postular en tu municipalidad DATOS ÚTILES

Subsidio Familiar Tradicional: revisa quiénes pueden obtenerlo y cómo postular en tu municipalidad

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Los beneficiarios del Subsidio Familiar son personas vulnerables que no tienen los recursos suficientes para mantener a las cargas familiares a su cargo.


A partir de mayo de 2023, el Subsidio Familiar Tradicional se otorga a madres, padres o tutores que carecen de previsión social y no disponen de recursos suficientes para el sustento de sus cargas familiares. El monto está fijado en $20.328, y se duplica a $40.656 para aquellos beneficiarios que tienen causantes con discapacidad.

A quién va dirigido el Subsidio Familiar

Los beneficiarios del Subsidio Familiar son personas vulnerables que no tienen los recursos suficientes para mantener a las cargas familiares a su cargo.

Los beneficiarios por orden de prioridad son:

  • Madres.
  • Padres.
  • Guardadores/as o personas que hayan tomado a su cargo a uno o más niñas, niños y adolescentes.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o física, de cualquier edad que vivan a su cargo.

En el caso de las mujeres embarazadas, reciben el Subsidio Maternal.

A qué tramo del Registro Social debes pertenecer

Con este requisito, los causantes del beneficio, es decir, quienes originan este pago por parte del Estado, son las personas que están a cargo del hogar y que están registradas en el 60% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH) del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Menores de edad:

  • Ser menor de 18 años.
  • Niños y niñas menores de ocho años deben formar parte de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil.
  • Niños y niñas mayores de seis años se debe acreditar que son alumnos/as regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a excepción de que fueran personas con discapacidad.
  • No tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos).

Personas con discapacidad intelectual o física:

  • Considera a personas de todas las edades.
  • No ser beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.

Cómo puedes postular

El Subsidio Familiar Tradicional es postulable, por lo tanto, cada persona debe realizar su postulación en la municipalidad de tu residencia. Aunque el proceso puede variar según la localidad, por lo general, los documentos solicitados son los siguientes:

  • Certificado de nacimiento de la niña, niño o adolescente.
  • Para menores de seis años, Carnet Control Niño/a Sano/a al día.
  • Para mayores de seis años y menores de 18, Certificado de Alumno Regular.
  • Para personas con discapacidad intelectual, acreditación de su condición de discapacidad. Esto se realiza a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • Para mujeres embarazadas, certificación competente de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendida por una matrona o médico/a de los Servicios de Salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Cuando la persona que quiera acceder al beneficio no es la madre o padre, deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Con estos antecedentes, debes acercarte a tu municipio y solicitar el subsidio. La Municipalidad será la encargada de verificar la calidad de beneficiario y el cumplimiento de los requisitos, además de ser la institución responsable de entregar la respuesta a la solicitud una vez esté disponible.

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