La mayoría de los aportes monetarios para los adultos mayores requieren un proceso de postulación específico que debe completarse para convertirse en beneficiario.
El Estado ofrece diversos aportes económicos a las personas de la tercera edad que están pensionadas, los cuales pueden ser de gran ayuda para incrementar sus ingresos.
Para acceder a estos fondos, los beneficiarios deben cumplir con varios requisitos:
La mayoría de los aportes monetarios para los adultos mayores requieren un proceso de postulación específico que debe completarse para convertirse en beneficiario.
Los adultos mayores que estén pensionados en algún régimen previsional, como las AFP o las antiguas cajas de previsión social, también tienen la posibilidad de acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU). Este pago adicional complementará la pensión que ya reciben.
La Pensión Garantizada Universal (PGU), administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS), ofrece un monto de hasta $214.296 a los adultos mayores de 65 años que cumplan con ciertos requisitos, como no pertenecer al 10% más rico de la población. Este monto se reajusta cada febrero.
Para acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), los pensionados deben tener una pensión base menor a $1.158.355. Además, deben acreditar una residencia en Chile de al menos 20 años, ya sea de forma continua o discontinua, y haber vivido en el país durante al menos 4 de los 5 años anteriores a la fecha de solicitud de la pensión.
Para solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU), debes ingresar al Sistema Integrado de Beneficios Solidarios de ChileAtiende (aquí). Debes registrar tus datos solicitados, y el sistema te informará si cumples con los requisitos para recibir el aporte, además de indicarte los pasos a seguir para completar la solicitud.
Al jubilar, los adultos mayores pueden acceder al Bono de Reconocimiento, un beneficio económico proporcionado por el Estado para quienes se han trasladado del antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP.
Este bono, que se expresa en dinero, se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario. Así, el monto se suma a los ahorros acumulados al momento de la jubilación por vejez, invalidez o en caso de fallecimiento.
Para solicitar el Bono de Reconocimiento, la persona debe acudir a la AFP en la que está afiliado. Allí, deberá firmar una Solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento y, si es necesario, completar el Anexo Detalle de Empleadores.
Las mujeres de 65 años que se pensionen pueden optar al Bono por Hijo, un beneficio dirigido a madres biológicas o adoptivas.
El monto del bono se calcula como el 10% de 18 ingresos mínimos y genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo. Si el niño nació antes del 1 de julio de 2009, el bono corresponde al salario mínimo vigente en julio de 2009, es decir, $165.000. Si el nacimiento fue posterior a esa fecha, el monto será equivalente al salario mínimo vigente en el mes del nacimiento.
Para optar al Bono por Hijo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
Quienes cumplan con estos requisitos pueden solicitar el Bono por Hijo a través de Internet en la plataforma de consulta de ChileAtiende, o de manera presencial en la AFP a la que están afiliadas o en una oficina de ChileAtiende.