Con la llegada de las Fiestas Patrias, una de las tradiciones más profundas en Chile es el izamiento de la bandera nacional. Este año, como en años anteriores, la normativa detalla las fechas y condiciones para su exhibición en los hogares, así como las sanciones por no cumplir con esta obligación.
El izamiento de la bandera chilena es obligatorio durante el 18 y 19 de septiembre en ocasión de las Fiestas Patrias.
De acuerdo con el Artículo 3 de la Ley N.º 20.537, la bandera debe izarse en las fechas y efemérides establecidas por el reglamento, siendo estas fechas una de las más importantes.
La ley estipula que, durante estos días, todas las personas están obligadas a exhibir la bandera nacional en sus viviendas.
El incumplimiento de esta normativa puede conllevar sanciones económicas. La Ley N.º 20.573, que regula el uso y izamiento del pabellón nacional, otorga a Carabineros de Chile la facultad de fiscalizar el cumplimiento de las normas establecidas.
La multa por no izar la bandera chilena durante las Fiestas Patrias o por colocarla incorrectamente puede variar entre 1 y 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
En términos monetarios, esto equivale a una multa que varía aproximadamente entre $63.452 y $317.260.