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Bono de Protección: familias que podrán recibirlo en septiembre DATOS ÚTILES

Bono de Protección: familias que podrán recibirlo en septiembre

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La invitación es enviada por el Ministerio de Desarrollo Social a través de una carta de compromiso. Una vez que se firma esta carta, se procede a gestionar el pago mensual del bono.


El Bono de Protección, también llamado Bono Dueña de Casa, es un subsidio dirigido a familias, con un enfoque prioritario en las mujeres.

Este beneficio se otorga durante un período de 24 meses (dos años) y solo se requiere cumplir con un único requisito para acceder a él.

Quiénes pueden recibir el Bono de Protección en septiembre

El Bono de Protección se otorga de forma automática, sin necesidad de postulación, a todas las familias y personas beneficiarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades, siempre que cumplan con la siguiente condición:

  • Hayan aceptado la invitación a participar en uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades (Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos).

La invitación es enviada por el Ministerio de Desarrollo Social a través de una carta de compromiso. Una vez que se firma esta carta, se procede a gestionar el pago mensual del bono. Por lo tanto, a partir de septiembre, los hogares que ya aceptaron la invitación en meses anteriores podrían comenzar a recibir el bono.

Los montos del Bono de Protección varían según el tiempo que la familia haya estado recibiendo el beneficio. A continuación se detallan los montos correspondientes según la duración como beneficiario:

  • Los primeros seis meses asciende a $22.674.
  • Desde el mes 7 al mes 12: $17.256.
  • Desde el mes 13 al mes 18: $11.864.
  • Desde el mes 19 al 24: $21.243.

Qué integrante de la familia recibe los pagos

Los pagos del Bono de Protección se entregan a la familia siguiendo el siguiente orden de prioridades:

  • Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  • Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  • Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  • Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
  • Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
  • Prioridad 6: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.

Los montos del beneficio se transfieren a través de la Cuenta RUT de BancoEstado a la persona designada como cobradora asignada.

Si esta persona no cuenta con una Cuenta RUT, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia se encargará de gestionar la apertura de una.

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