Un aspecto importante a tener en cuenta es que los vehículos vendidos a partir del 14 de septiembre de este año deben salir de las concesionarias con los vidrios ya marcados.
El 14 de mayo se publicó el reglamento final de la Ley 21.601, que modificó la Ley del Tránsito y estableció normas para el grabado de patentes en los vehículos, con el objetivo de prevenir la comercialización de automóviles robados.
El reglamento establece que es obligatorio marcar los números de la placa patente en los vidrios y espejos de los vehículos motorizados que circulan en el país, además de especificar los plazos para cumplir con esta normativa.
Según lo estipulado por la Ley y el reglamento correspondiente, el plazo para grabar las patentes varía según el tipo de vehículo, en función de la fecha en que fueron comercializados.
Un aspecto importante a tener en cuenta es que los vehículos vendidos a partir del 14 de septiembre de este año deben salir de las concesionarias con los vidrios ya marcados.
Si Carabineros o personal del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) fiscalizan vehículos que no tienen el grabado de patentes después de los plazos establecidos, se considerará una falta grave a la Ley del Tránsito. Esto conllevará una multa que oscila entre 1 y 1,5 UTM, es decir, entre $66.362 y $99.543, según el valor de la Unidad Tributaria Mensual de septiembre de 2024.