Quienes no puedan desempeñar esta función pueden invocar alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 44 de la Ley 18.700 para solicitar su excusa.
El 9 de octubre cierra del plazo de excusas para ser vocal de mesa en las próximas elecciones, te compartimos qué justificaciones tienen las personas que se dedican al cuidado.
El 5 de octubre, el Servicio Nacional Electoral (Servel) hizo pública la lista de quienes deberán cumplir con esta función los días 26 y 27, y su participación es obligatoria.
Para las elecciones de este año, el plazo para excusarse para ser vocal de mesa es entre el lunes 7 y miércoles 9 de octubre. Luego, el sábado 12 se publicará la nómina oficial corregida de vocales de mesa, con los reemplazantes para Mesas Receptoras de Sufragios y miembros de Colegios Escrutadores, quitando a quienes ya se excusaron.
Quienes no puedan desempeñar esta función pueden invocar alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 44 de la Ley 18.700 para solicitar su excusa:
En el pasado, cuando una persona cuidadora necesitaba excusarse, debía obtener un certificado médico o una declaración jurada que validara su condición. Sin embargo, esta vez, según lo comunicado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, solo será necesario presentar su credencial o certificado ante la Junta Electoral correspondiente.
El documento se consigue luego de inscribirse en el Registro Social de Hogares y completando una solicitud en el apartado de “Cuidados”.
Considerando que la credencial toma tiempo en llegar a la persona cuidadora, desde la Seremi de Desarrollo Social Bío Bío aseguran que ante el Juzgado de Policía Local también puede presentarse el certificado que se obtiene en la solicitud.