Publicidad
Navidad: los comercios que podrán abrir en feriado irrenunciable DATOS ÚTILES

Navidad: los comercios que podrán abrir en feriado irrenunciable

Publicidad

El 25 de diciembre, feriado obligatorio e irrenunciable, el comercio no podrá operar, excepto expendios de combustibles, farmacias de urgencia y tiendas de conveniencia con alimentos preparados.


Faltan pocos días para Navidad, el último feriado del año 2024. El 25 de diciembre será un feriado irrenunciable debido a la festividad, y caerá en miércoles.

El comercio que sí puede abrir el 25 de diciembre

Lo primero que se debe tener en cuenta es que el 25 de diciembre es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables establecidos en el  país. Los otros son el 1 de enero, 1 de mayo, y el 18 y 19 de septiembre.

De acuerdo con el artículo 2° de la Ley 19.973, estos días son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio.

Esto significa que, en principio, el 25 de diciembre el comercio, incluidos supermercados y malls, no podrá operar. Sin embargo, existen excepciones. Según el mismo artículo de la ley mencionada, algunos comercios podrán seguir funcionando durante un feriado obligatorio e irrenunciable, entre ellos:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento; tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.

Tampoco se aplicará a los empleados de expendios de combustibles, farmacias de urgencia y aquellas farmacias que deban cumplir con turnos establecidos por la autoridad sanitaria.

Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender al público, siempre que se combine la venta directa de los productos que allí se ofrecen con la elaboración y venta de alimentos preparados, los cuales pueden ser consumidos por los clientes en el mismo local.

Publicidad

Tendencias