El 25 de diciembre, feriado obligatorio e irrenunciable, el comercio no podrá operar, excepto expendios de combustibles, farmacias de urgencia y tiendas de conveniencia con alimentos preparados.
Faltan pocos días para Navidad, el último feriado del año 2024. El 25 de diciembre será un feriado irrenunciable debido a la festividad, y caerá en miércoles.
Lo primero que se debe tener en cuenta es que el 25 de diciembre es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables establecidos en el país. Los otros son el 1 de enero, 1 de mayo, y el 18 y 19 de septiembre.
De acuerdo con el artículo 2° de la Ley 19.973, estos días son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del comercio.
Esto significa que, en principio, el 25 de diciembre el comercio, incluidos supermercados y malls, no podrá operar. Sin embargo, existen excepciones. Según el mismo artículo de la ley mencionada, algunos comercios podrán seguir funcionando durante un feriado obligatorio e irrenunciable, entre ellos:
Tampoco se aplicará a los empleados de expendios de combustibles, farmacias de urgencia y aquellas farmacias que deban cumplir con turnos establecidos por la autoridad sanitaria.
Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender al público, siempre que se combine la venta directa de los productos que allí se ofrecen con la elaboración y venta de alimentos preparados, los cuales pueden ser consumidos por los clientes en el mismo local.