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“Ley Antievasión”: Nuevo calculo de intereses para quienes tengan deudas fiscales DATOS ÚTILES Agencia Uno

“Ley Antievasión”: Nuevo calculo de intereses para quienes tengan deudas fiscales

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Esta semana comenzó a regir la nueva Ley de Cumplimiento Tributario, más conocida como “Ley Antievasión”, que trae consigo una nueva forma de calcular los impuestos de los contribuyentes, que busca fomentar el cumplimiento de sus obligaciones económicas y beneficiar a quienes cumplan con sus pagos.


Resumen
Síntesis generada con OpenAI
La Tesorería General de la República (TGR) anunció que, a partir de 2025, los intereses sobre las deudas tributarias se calcularán de forma diaria en lugar de mensual, lo que permitirá a los contribuyentes pagar solo por los días exactos de atraso. La tasa de interés se basará en un índice publicado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y se ajustará con un 3.5% adicional anual. Esto reducirá significativamente los intereses, como muestra un ejemplo donde una deuda de $2.000.000 con dos meses de atraso pasaría de generar $90.000 en intereses a solo $27.067.
Desarrollado por El Mostrador

La Tesorería General de la República (TGR) dio a conocer las modificaciones que traerá consigo la Ley de Cumplimiento Tributario —conocida también como la “Ley Antievasión”— y que planea agilizar los pagos de los contribuyentes a través una modificación significativa en la aplicación de intereses sobre las deudas tributarias, puesta en vigencia desde inicios de 2025.

La modificación consiste en que los intereses se calcularán diariamente, en lugar de mensualmente o por fracción de mes, que era la forma en que se calculaban anterior a la ley. Esto representa un beneficio para los contribuyentes, quienes pagarán intereses “solo por el número exacto de días de atraso, en lugar de acumular intereses por un mes completo al retrasarse un solo día”, según detalló la TGR en su portal.

La tasa por la que se regirá esta nueva medida estará basada en el valor de mercado publicado por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), “tasa de interés corriente aplicable a operaciones a un año o más, reajustables en moneda nacional, inferiores o iguales al equivalente de 2.000 unidades de fomento, publicada por la Comisión para el Mercado Financiero, incrementada en 3,5% más una tasa adicional fija (spread) del 3,5% anual. Esta tasa anual se divide por 360 para calcular los intereses diarios de la deuda”.

¿Qué significa esta nueva medida?

Lo anterior, se traduce en un beneficio para los y las contribuyentes que cumplan con sus obligaciones económicas de manera acuciosa.

Para ilustrarlo, TGR lo ilustró con el siguiente ejemplo:

Si un o una contribuyente olvida pagar una obligación (impuestos, multas, derechos, u otro) por $2.000.000 durante dos meses, bajo el sistema anterior acumularía intereses por $90.000. No obstante, con el nuevo cálculo el interés a aplicar sería de $27.067, implicando una reducción significativa de un 3% a un 0.0135% diario por 60 días de atraso.

Si el atraso en el pago es de 61 días, los intereses bajo el sistema anterior llegarían a $120.000 con una tasa de 4.5% por haber alcanzado el tercer mes, mientras que con el nuevo cálculo, el monto a pagar sería de $27.518 considerando una tasa de interés diario de 0.0137%.

Al momento de dar a conocer esta información, TGR invitó a visitar su sitio web para conocer más respecto a las nuevas disposiciones y a utilizar los beneficios disponibles.

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