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¿Todavía no grabas tu patente? estos son los tipos de grabado no válidos en vidrios y espejos DATOS ÚTILES

¿Todavía no grabas tu patente? estos son los tipos de grabado no válidos en vidrios y espejos

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Desde el 15 de mayo de 2025, todos los vehículos en Chile deberán tener las patentes grabadas en vidrios y espejos. Las multas por incumplir van de $68.306 a $102.459.


A partir del 15 de mayo, comenzará a regir en Chile la normativa que exige que todos los vehículos motorizados lleven grabadas las patentes en los vidrios y espejos, de acuerdo con la Ley 21.601. Esta medida busca reducir el robo de estas piezas y establece que, al menos, seis vidrios del vehículo (laterales, luneta y parabrisas) deben tener la patente grabada, además de los dos espejos laterales.

En el caso de vehículos con más vidrios, como furgones o buses, la ley mantiene la exigencia mínima de grabar la patente en seis vidrios más los espejos laterales. Por su parte, las motos, que tienen menos vidrios, deberán tener la patente grabada en todos sus espejos.

Grabados de patentes que no están permitidos

Por ley, no se permite el grabado de patentes en los siguientes casos:

  • Se realicen con un material que no sea permanente.
  • No tengan la altura de letra y números solicitada.
  • Estén en letra cursiva y/o negrita.
  • Las letras estén en minúscula.

En detalle, el grabado de las patentes debe cumplir con especificaciones precisas en cuanto a tamaño y características visuales:

  1. Tamaño de los caracteres:
    • En los vidrios, las letras y los dígitos deben tener una altura de entre 7 y 10 milímetros.
    • En los espejos laterales, las letras y los dígitos deben tener una altura de entre 5 y 10 milímetros.
  2. Formato y estilo:
    • Las letras deben estar siempre en mayúscula.
    • Deben ser legibles y en un formato normal, sin utilizar cursiva ni negrita.
  3. Durabilidad y técnica de grabado:
    • El grabado debe ser permanente y debe implicar un desgaste en el vidrio o el espejo, independientemente de la técnica utilizada.
    • Algunas de las técnicas permitidas incluyen el arenado, tallado o el uso de ácido, entre otras.

El objetivo es garantizar que el grabado sea duradero, claramente visible y que no pueda ser fácilmente alterado o eliminado.

Cuáles son las multas

Desde el 15 de mayo de 2025, quienes sean inspeccionados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado en los vidrios y espejos, estarán sujetos a una multa que puede ir desde 1 hasta 1,5 UTM.

Según el valor de la UTM en abril de 2025, esta multa podría estar en un rango de $68.306 a $102.459.

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