Publicidad
Últimos días para postular al Subsidio de Arriendo para personas mayores y con discapacidad DATOS ÚTILES

Últimos días para postular al Subsidio de Arriendo para personas mayores y con discapacidad

Publicidad

Hasta el 30 de abril se puede postular al Subsidio de Arriendo para mayores de 60 años o personas con discapacidad, sin ahorro ni núcleo familiar.


En los próximos días, finaliza el plazo para postular al Subsidio de Arriendo dirigido a personas mayores y personas con discapacidad. Este subsidio cubre entre el 90% y el 95% del valor mensual del arriendo de una vivienda. De este modo, el beneficiario solo debe cubrir el 10% o 5% restante, lo que representa un alivio económico considerable en un contexto donde los precios de los arriendos están muy elevados.

Es importante señalar que los beneficiarios no reciben el dinero directamente, sino que el monto del subsidio se transfiere de manera automática al arrendador (propietario de la vivienda). Por lo tanto, el beneficiario solo debe encargarse de pagar el porcentaje que queda a su cargo.

Cuál es el último plazo, quiénes pueden postular y cómo hacerlo

Este llamado especial al Subsidio de Arriendo estará disponible hasta el miércoles 30 de abril. Podrán postular todas las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante 2025, o ser una persona con discapacidad acreditada en el Registro Nacional de la Discapacidad y tener más de 18 años.
  • Pertenecer hasta el 70% del Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($194 mil pesos, aproximadamente) y no es necesario contar con ahorro.

A diferencia de otros subsidios habitacionales, para este llamado no se requiere un ahorro mínimo ni la conformación de un núcleo familiar. Es decir, pueden postular personas que no cuenten con una libreta de ahorro para la vivienda y que estén inscritas de forma individual en el Registro Social de Hogares (RSH).

Siempre que cumplan con estos requisitos, el proceso también está abierto para aquellas personas que:

  • No estén arrendando actualmente.
  • Tengan una postulación en curso al Fondo Solidario de Elección de Vivienda (DS49).
  • Tienen derechos en comunidad sobre una vivienda.
  • Ya fueron beneficiarios de una vivienda o subsidio habitacional, siempre y cuando ya no sean propietarias de la vivienda.
  • Ya obtuvieron un subsidio de arriendo en llamados anteriores, solo si este se encuentra caducado y sin deuda vigente.

La postulación es a través de esta página web del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, iniciando sesión mediante el RUT y la Clave Única. Durante el proceso, el usuario tendrá que adjuntar documentos que acrediten su situación (discapacidad, por ejemplo) para obtener más chances de adjudicarse el beneficio.

Publicidad