Hablar de fijación de precios parece tan lógico en artículos de primera necesidad como son los medicamentos, sin embargo estamos viviendo momentos históricos. Gracias a esta ley de CENABAST y otras iniciativas que están en la Ley de Fármacos II, se evidencia una real posibilidad de controlar el precio de los medicamentos, primero mediante la intervención de CENABAST y su intermediación a establecimientos privados, luego con el control de precios vinculados al observatorio de medicamentos incluido en la Ley de Fármacos II y por último, con los subsidios de FONASA comprometidos por el Ejecutivo.
En un país como el nuestro, caracterizado por una mercantilización extrema, incluso en ámbitos fundamentales para el desarrollo de las personas como es la salud, la gente fue abandonada por mucho tiempo y obligada a depender de sí mismos por la falta de políticas, subsidios o reembolsos estatales para la compra de medicamentos. Hoy, gracias a una presión ciudadana se están considerando políticas sanitarias que hasta hace algunos meses eran tabú y por eso ahora las personas, a través de las mismas farmacias que han frecuentado durante años, podrán hacer uso de los beneficios que logra el gran comprador estatal de medicamentos, CENABAST, que obtienen precios muchos más bajos que el alcanzado por las farmacias.
La nueva ley que permite que las farmacias independientes y luego las de cadena puedan comprar medicamentos a CENABAST, no solo presume un traspaso de menores precios al público final, sino que además fija el precio al cual el establecimiento privado de salud podrá vender ese medicamento.
En una primera instancia, en marzo la ciudadanía -a través de las farmacias independientes- estaría accediendo a cerca de 500 productos de la CENABAST, representando un ahorro promedio de hasta un 60% en comparación al costo del día de hoy por medicamentos en las farmacias de cadena.
[cita tipo=»destaque»]Todo lo anterior implica una transformación en donde transitamos desde considerar los medicamentos como bienes de consumo -donde su acceso por parte de la población solo dependía de la capacidad de pago y endeudamiento- hacia una sociedad donde son considerados un bien esencial para la población y la salud pública. Un bien que posee una serie de regulaciones para asegurar su calidad y ahora, también, contará con una serie de regulaciones en su precio con el fin de asegurar acceso real a las terapias medicamentosas y con ello la recuperación del estado de salud.[/cita]
Hablar de fijación de precios parece tan lógico en artículos de primera necesidad como son los medicamentos, sin embargo estamos viviendo momentos históricos. Gracias a esta ley de CENABAST y otras iniciativas que están en la Ley de Fármacos II, se evidencia una real posibilidad de controlar el precio de los medicamentos, primero mediante la intervención de CENABAST y su intermediación a establecimientos privados, luego con el control de precios vinculados al observatorio de medicamentos incluido en la Ley de Fármacos II y por último, con los subsidios de FONASA comprometidos por el Ejecutivo.
Todo lo anterior implica una transformación en donde transitamos desde considerar los medicamentos como bienes de consumo -donde su acceso por parte de la población solo dependía de la capacidad de pago y endeudamiento- hacia una sociedad donde son considerados un bien esencial para la población y la salud pública. Un bien que posee una serie de regulaciones para asegurar su calidad y ahora, también, contará con una serie de regulaciones en su precio con el fin de asegurar acceso real a las terapias medicamentosas y con ello la recuperación del estado de salud.
Esto implica un rol del Estado más activo, suministrando e intermediando medicamentos a través de CENABAST cada vez más y mejor, una vigilancia activa de los mercados de referencia para asegurar un cobro justo por parte de quienes comercializan medicamentos y, la búsqueda de nuevos proveedores en el mercado internacional para asegurar el correcto abastecimiento de las necesidades de la población.
Por ultimo y no menos importante, la prescripción de medicamentos por su denominación común internacional (DCI), presente en el proyecto de Ley de Fármacos II, busca sumar esfuerzos para lograr reducir el precio de los medicamentos en nuestro país, mediante la eliminación de marcas comerciales y permitiendo tener acceso siempre al tratamiento más económico posible. Por tanto, sólo con más Estado y menos mercado en la salud, podremos de verdad asegurar el acceso de bienes tan sensibles para la vida como los medicamentos.