A semanas del Plebiscito del 25 de octubre, el Mandatario entró de lleno al debate constitucional y presentó los contenidos que, a su juicio, deberían estar incluidos en una eventual nueva Carta Magna, dando a conocer un decálogo que, en su opinión, son los puntos «esenciales para construir una Constitución Democrática para todos los chilenos y chilenas».
Basado en opiniones de expertos cercanos a él, el Presidente Sebastián Piñera elaboró un documento de tres páginas con diez aspectos que considera «esenciales» para una nueva Constitución, a propósito del debate constitucional que tendrá lugar este 25 de octubre y que, con el plebiscito, definirá si es que habrá o no una nueva Carta Magna para Chile.
«La Constitución no resuelve todos los problemas de la sociedad, pero sí debe ser el marco institucional dentro del cual se desenvuelven la política, las leyes y la vida en sociedad (…) no debe incluir un extenso listado de buenas intenciones ni tampoco de reglamentaciones en detalle para cada institución. Ese terreno le corresponde a la política y las leyes. No podemos pretender escribir hoy y en forma rígida, todas las páginas del futuro», dice el documento consignado por La Tercera.
Una de las primeras reacciones al «decálogo» del Mandatario fue del presidente del Partido Radical, Carlos Maldonado, quien dijo en Twitter que las definiciones de Piñera «se parecen demasiado a la Constitución actual». Según dijo, el jefe de Estado «no se atreve a decirlo, pero confirma que está por el rechazo».
«Que no pierda tiempo, contenidos de la nueva Constitución los definirá la ciudadanía, en una Convención Constitucional», dijo el exministro de Justicia del gobierno de Bachelet.
Según el texto al que accedió el matutino, estos son los 10 aspectos planteados por el Mandataria para la eventual nueva Constitución:
«Chile debe ser una república democrática y con Estado de derecho, en la cual el Estado sea más solidario y esté al servicio de las personas».
«El Estado debe reconocer y amparar a los grupos intermedios, garantizando su adecuada autonomía. Además, debe garantizar el derecho a desarrollar cualquier actividad económica, respetando las normas legales que regulen dicha actividad».
«La familia es el núcleo fundamental de la sociedad y el Estado debe proteger el derecho preferente y deber de los padres de educar a sus hijos».
«Es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos humanos. Garantizar la igualdad de todos ante la ley y la protección ante cualquier discriminación o abuso».
«Algunos derechos civiles y políticos fundamentales que debe consagrar nuestra Constitución:
El derecho a la vida y la prohibición de someter a una persona a tortura o tratos degradantes, garantizando siempre su integridad física y psíquica.
La libertad de expresión, de pensamiento y de religión.
La libertad de reunión pacífica y la libertad de asociación, lo que permite fundar o ser parte de sindicatos u otras asociaciones.
La libertad de movimiento, para moverse o permanecer en cualquier lugar del país.
La presunción de inocencia, el derecho a un debido proceso y a una defensa jurídica.
El derecho a la propiedad privada, porque nadie puede ser privado de sus bienes y derechos sino por una causa justificada y en virtud de una ley».
«Educación: Deberá ser obligatoria y financiada por un sistema gratuito, hasta la educación media. Las personas tienen el derecho de abrir establecimientos educacionales y los padres el derecho de escoger el establecimiento para sus hijos.
Salud: El Estado debe garantizar el acceso libre a las prestaciones de salud. Cada persona debe tener el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado.
Pensiones: El Estado debe tomar medidas para que todas las personas tengan pensiones que les permitan vivir dignamente».
«Nuestra Constitución debe contemplar mayores mecanismos que permitan una participación ciudadana temprana en algunas decisiones públicas que sean muy relevantes para la Nación.
Además, debe garantizar la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, incluyendo a las minorías sexuales.
La Constitución debe incluir el reconocimiento de los pueblos originarios, pues es un deber del Estado respetar su identidad, cultura y tradiciones ancestrales.
En Chile no debe haber persona ni grupo privilegiado».
«El deber del Estado de garantizar el orden público y la seguridad nacional, dando protección a la población y a la familia».
«El Estado debe resguardar el medioambiente para las generaciones futuras, tomando medidas concretas para avanzar en su cuidado. La Constitución debe consagrar el principio del desarrollo sustentable».
«La Constitución debe establecer la separación e independencia de los Poderes del Estado, con mecanismos efectivos de pesos y contrapesos.
El Estado debe respetar las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Además, tendrá que reconocer la autonomía de órganos fundamentales para la República como Ministerio Público, el Servel, la Contraloría o el Banco Central.
Es necesario perfeccionar y modernizar el funcionamiento del Tribunal Constitucional».
«Los actos de los órganos del Estado deben ser públicos y transparentes, que deben someter su actuar a la Constitución.
La Constitución debe consagrar el estricto cumplimiento al principio de probidad en el ejercicio de la función pública.
Ninguna persona puede atribuirse otra autoridad o derechos que los que expresamente se les hayan conferido en virtud de la Constitución o las leyes.
La responsabilidad fiscal y macroeconómica del Estado».
«La descentralización de la administración del Estado. Para ello, los órganos del Estado deben promover el fortalecimiento de la regionalización del país y el desarrollo equitativo y solidario entre las regiones, provincias y comunas.
Es necesario un compromiso decidido en favor del proceso de descentralización, para lo cual debemos consagrar constitucionalmente y en forma mucho más efectiva una real distribución de potestades locales, regionales y nacionales. Decisiones políticas, administrativas y fiscales».