Tras superarse la tercera comisión (de DD.HH., Seguridad Pública y, ayer, de Constitución), el senador frenteamplista Juan Ignacio Latorre confía en tener los votos para que el proyecto de indulto a los presos de estallido sea finalmente aprobado. Para lograrlo, sostiene que estaría dispuesto a conversar con senadores de derecha, respecto a la posibilidad de incorporar entre los indultados a agentes del Estado que no estén vinculados a delitos de violación de derechos humanos o de lesa humanidad. «Y si eso ayuda a dar un respaldo mayoritario al proyecto de ley y sea parte de una reconciliación, no me voy a negar a esa conversación», señala.
-Independiente de si son presos del estallido social, como les llaman algunos, presos políticos, como les llaman otros, ¿quiénes serían los favorecidos y en qué consiste el proyecto de Ley de Indulto que pasó ahora a la Sala del Senado, en un nuevo paso hacia convertirse en ley?
-Este es un proyecto de ley que yo impulsé y lo presenté el 7 de diciembre del año pasado. La actual Constitución regula, en su artículo 63, la posibilidad de que el Congreso Nacional otorgue indultos generales vía proyectos de ley, que solo pueden ser ingresados por el Senado. Esto, a diferencia del indulto particular, que es una atribución que solo tiene el Presidente de la República y que todos los gobiernos, todos los presidentes, la usan con distinto motivo. De hecho, Piñera, hay una información que me acaba de llegar, que es bien sabrosa, ha generado varios indultos y beneficios penitenciarios a criminales de lesa humanidad. El indulto general se hace vía ley y se ingresa por el Senado y ahí hay una especie de vacío, porque en el fondo algunos confunden el indulto con una amnistía. Actualmente ha pasado el control de admisibilidad de la Mesa del Senado de tres comisiones: Derechos Humanos, Seguridad Pública y, ahora, Constitución. Es plenamente admisible.
-Es plenamente constitucional, pero el contenido es polémico. ¿Por qué?
-Porque indulta, perdona los delitos cometidos en el contexto del estallido social y hay un catálogo de delitos que algunos consideran que es demasiado amplio. Eso es parte de la discusión que se pueda acotar si se aprueba. En general, ahora hay que entrar a la discusión en particular con indicaciones. Nosotros dejamos fuera delitos de sangre, como homicidio o relacionados, sino que son delitos contra la propiedad pública o privada cometidos en el contexto del estallido social y en una temporalidad. Nosotros entendemos que es un mecanismo excepcional. Es una salida política a un momento excepcional también que vive nuestro país y que vivió a raíz del estallido social y que derivó en este proceso constituyente. Por algo la Convención Constituyente, en su primera declaración formal, aprobada por más de dos tercios, le pide al Congreso Nacional tramitar y aprobar con sentido de urgencia este proyecto. Es porque entendemos que es un mecanismo excepcional que está ayudando, que puede ayudar, al proceso constituyente, a la paz social finalmente, y a canalizar el conflicto político. Eso es en términos de los fundamentos.
-¿De cuánta gente estamos hablando? Cuáles son sus características? Porque para haber indulto, tiene que haber condena. ¿Pero qué pasa con los que no están condenados?
-Esa es una innovación que nosotros hacemos, porque el Código Penal efectivamente dice que para que exista indulto tiene que haber condena. Eso está en el Código, pero como no está regulado a nivel constitucional el indulto general, nosotros, en el contenido de la ley, incluimos también personas que están en proceso de investigación, prisiones preventivas o personas que están con distintas medidas cautelares, que están con arresto domiciliario esperando una condena. También los incluimos a formalizados, procesados y condenados.
-¿Y qué tipo de delito?
-Bueno, los que están en base a la evidencia que pudimos levantar junto a los abogados defensores: barricadas, protestas, daño contra la propiedad pública o privada, incluso homicidio frustrado. De hecho, tenemos muchos casos donde el parte policial es homicidio frustrado, porque se intentó o atacó en un enfrentamiento con piedras a los policías. Hay un caso en San Antonio, que me ha tocado ver, donde una persona está condenada a 5 años. Yo lo he ido a ver a la cárcel y está por homicidio frustrado, porque le echa el auto encima a un policía, sin dañarlo. No hay lesión al policía, pero ahí se le acusa de homicidio frustrado y le dieron 5 años de cárcel y todo esto porque existen querellas por Ley de Seguridad del Estado, del Gobierno.
-Pregunto por delitos: por ejemplo, lanzar una molotov a carabineros y dañarlos, eso es delito de lesiones. ¿Caben dentro de lo que tú mencionas como delito de sangre, aunque sea leve la lesión?
-En principio estaría dentro del catálogo.
-¿Y cuándo queda afuera? ¿Si el carabinero quedó grave?
-Grave o la muerte.
-Otra pregunta para entender: una persona que incendia un edificio, ya sea parroquia, sea un monumento nacional, como se quemó en Vicuña Mackenna o un restorán, ¿ese tipo de delitos de incendio están dentro o fuera?
-Los delitos de incendio están dentro. Ahí se hace la distinción. Te pongo un caso bien concreto de una persona que está en la cárcel, lleva 15 meses en la cárcel de Limache, también lo he ido a ver. Es una persona que es sorda, tiene una discapacidad auditiva, trabajador de la construcción de Quilpué que participó en la protesta y se incendió una parte del municipio de Quilpué. Si tú demuestras, que hay pruebas suficientes, que fue y que quemó intencionalmente algo, eso es una cosa, pero otra distinta es participar de una protesta donde había una barricada…
-Si es parte de un grupo y no fue quien incendió, obviamente que pienso que debería estar dentro del catálogo, pero si hay alguien que se concertó con otro para ir a incendiar, ¿está dentro el catálogo o no?
-Yo diría que no. Claro, en la figura penal a veces es complejo hacer la distinción y por eso hay que ir entrando al detalle, a la materia fina, digamos, se podría perfectamente acotar, sobre todo si es que hay condenados con pruebas, etcétera. Uno podría dejar fuera en alguna instancia. O asociación ilícita para saquear. Por ejemplo, hay un concejal acá de La Calera, que era de Renovación Nacional, Karim Chahuán, que a él se le acusa de formar parte de una asociación ilícita de tráfico de drogas y donde participaron de saqueo, pero con toda una organización. Bueno, eso no entra en el catálogo de delitos.
-Los que se concertaron para ir a saquear supermercados, por ejemplo, independiente que se le incendiaron o no incendiaron, ¿cabrían dentro o no del catálogo?
-Mi impresión es que en principio no. No deberían entrar.
–¿Dices en principio porque, durante la tramitación, se le pueden hacer algunos ajustes al catálogo?
-En la Sala, si se aprueba la idea general de legislar, se abre un plazo de indicaciones, y ahí cualquier senador puede presentar indicaciones, que luego serán trabajadas en la Comisión de Constitución, porque tiene muchos elementos jurídico, penales, constitucional, etcétera. Y ahí se puede acotar perfectamente. Nosotros, cuando presentamos el proyecto de ley, había muy pocos datos disponibles, y hoy día hemos visto que las instituciones, Ministerio Público, Defensoría Penal Pública, el Poder Judicial, se ha puesto sobre la mesa el tema de las prisiones preventivas, la estadística, los datos. Hoy día ya tenemos mucha evidencia. Podríamos entrar a analizar con mayor precisión.
-Dejemos de lado el tema del catálogo, porque ya sabemos que se puede afinar más y son muchos delitos. Lo que no entiendo es si en un caso no hay condena y se está investigando, ¿cómo se sabe si cabe o no en el catálogo solo por el parte policial?
-Porque esa persona, con nombre y apellido, que lleva un año en el penal Santiago 1, o en la cárcel de San Antonio o en la cárcel de Limache, mantiene un proceso que está abierto, es decir, hay un parte policial, hay una acusación que se le hace a esa persona. Por lo tanto, en la acusación está si entra o no en el catálogo de delitos. Y si fue detenido en el contexto de protesta social que, nosotros dijimos acá, hay un plazo, esta no es una medida sin tiempo, es una medida con un plazo. Y en el contexto de protesta social.
-¿Cuál es el plazo?
-Desde el 7 de octubre del 2019, es decir, desde que comenzaron las protestas estudiantiles secundarias por el alza de hora del Metro.
-¿Y cuál es la segunda fecha?
-El 9 de diciembre del 2020. O sea, es prácticamente un año, un poco más de un año. Donde estuvo el estallido social y luego hubo más protestas durante el año, incluso con pandemia, pero no tan masivas como en el estallido. Pero se siguieron aplicando las mismas dinámicas de prisiones preventivas, tortura en las detenciones, etcétera.
-¿Quién toma la decisión de si cabe o no en el catálogo el delito por el cual está postulando?
-Nosotros le damos esa atribución a tribunales, igual porque obviamente hay un juez que mandó a esa persona con una medida cautelar. Ahí hay algo que se discutió hoy (miércoles) en la Comisión de Constitución, que es el quórum, porque en la Constitución, una ley de indulto general, requiere en el Senado 22 votos para ser aprobado, 22 votos. Pero hay unas normas de Ley Orgánica Constitucional que tienen que ver con estas atribuciones de los tribunales, que requieren un quórum de Ley Orgánica Constitucional, que serían 25 votos. Entonces, el proyecto en el fondo, cuando se vote en la Sala, si logra los 22 votos, es aprobado en general. Pero si se cae, queda pendiente, para la tramitación en particular, cuál va a ser el mecanismo. Porque en una de esas no logramos el quórum de 25 y sí logramos el de 22. Me estoy adelantando.
-¿Están los votos o no para esta solución?
-En las comisiones siempre han sido tres contra dos, tres de oposición, contra dos de derecha, en Derechos Humanos, en Seguridad y en Constitución y con senadores de las distintas bancadas desde la DC hasta el Frente Amplio, en toda la diversidad que hay en el Senado. Por lo tanto, los votos de la oposición en principio deberían estar. Somos 24 senadores. Eso se ve en la Sala y no quiero cantar victoria hasta el último día.
-Si vota toda la oposición de acuerdo a aprobar el indulto general, tendrían el primer quórum, pero no el segundo. Le faltaría un voto para el segundo.
-Un voto de derecha al menos. Y esa es la gestión que yo al menos quiero hacer. Quiero conversar con senadores de derecha a ver si habría disposición para abrir el debate, porque solo estamos hablando de abrir la idea general de legislar para poder entrar en particular, con indicaciones, para mejorar el proyecto, etcétera.
-¿A cuántas personas, de cuánta gente estamos hablando? No solo los que hoy están privados de libertad, sino que en general. ¿Cuánta gente podría postular a este indulto?
-Hay un dato reciente de la Defensoría Penal Pública, que lo mostró en la Comisión de Constitución hace un par de semanas, que es de personas condenadas en el período del estallido social y donde uno podría hacer el cruce, tal vez no es el 100%, pero habría una buena base ahí para determinar a personas condenadas y serían casi 900 personas condenadas ya, con distintas penas, algunos en la cárcel, otros penas no privativas de libertad. Gente que pasó en la cárcel en prisión preventiva…
-¿Y cuánta gente no está condenada y privada de libertad todavía?
-Recientemente se elaboró un catastro, una base pero que no es muy exhaustivo y da cuenta de que hay más de 55 personas todavía en la cárcel, en prisión preventiva y otros, creo que el número era 77 en total, con algunas personas que están fuera.
-¿Cómo es posible que no se sepa exactamente el número? El Poder Judicial hablaba de 27. El Ministerio Público habla como de veintitantos y hay distintas cifras. ¿No les parece raro?
-Es muy raro. Y este proyecto de ley, lo que ha ayudado es a develar un problema. La senadora Provoste lo decía también. Ella presentó un proyecto de ley para que exista un registro único de detenidos, de procesos judiciales, porque hay una especie de falta de transparencia, diría yo, y con cosas que vienen ocurriendo en Chile hace harto tiempo, más allá del estallido social, a propósito del abuso, por ejemplo, de la prisión preventiva. Hay gente que está ocho meses, un año y después sale absuelta. El aumento del abuso de la prisión preventiva viene ocurriendo hace harto tiempo.
-Quizás sea el momento de abordarlo en esta ley como una norma adicional. Hay una pregunta que todo el mundo se hace: ¿este indulto general va a favorecer también a Carabineros, Investigaciones, Ejército o Fuerzas Armadas que en el período indultable cometieron delitos, sean delitos calificados como de lesa humanidad o no?
-Nosotros lo dejamos explícitamente fuera del indulto, por tratarse de violaciones de derechos humanos. Ahora esta es una discusión, porque además hay un proceso también ahí. El INDH ha presentado más de 3 mil querellas por violación a los derechos humanos por distinto tipo contra agentes del Estado. Hay muy pocos formalizados. Prácticamente ninguno encarcelado. Están todos con arresto domiciliario, por delitos muy graves contra las personas. Y estamos hablando de delitos contra las personas, incluso en algunos casos de asesinato. Hay un caso del Ejército, otro caso de la Marina, de asesinatos a personas. Entonces, comparemos el daño a las personas versus el daño a las cosas.
-¿Si no fueron delitos de sangre, podrían podrían caber dentro del indulto o están excluidos por el hecho de ser funcionarios del Estado?
-Nosotros los dejamos fuera por el hecho de ser agentes del Estado y por tratarse de violación a los derechos humanos. Ahora, insisto, esta es una discusión abierta. Si uno mira la historia de Chile, hay un trabajo reciente que hizo la Biblioteca del Congreso Nacional, que hace dos semanas levantó un informe sobre la historia de indultos y amnistía en Chile desde el siglo XIX al siglo XX, en distintos momentos de procesos de conflictos muy potentes, con delitos mucho más graves que los de esta revuelta popular en algunos casos, y ha habido indulto o amnistía para lado y lado. Entonces, es un tema debatible, es un tema abierto. Hay límites respecto de los compromisos que Chile tiene en caso de materia de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.
-La pregunta era si es que puede haber un uniformado o agente del Estado, que no cometieron delitos de lesa humanidad, que no fueron delitos contra los derechos humanos, pero fueron cometidos en el período indultable. ¿No se ha conversado eso o están necesariamente fuera, aunque no sean delitos de lesa humanidad?
-Nosotros lo dejamos desde el inicio fuera, pero es algo que, si se aprueba la idea general de legislar, es algo que se puede conversar. Y yo creo que es una conversación que podría ser muy interesante. No quiero adelantar juicio, pero en una mesa donde estén familiares de presos de la revuelta, organismos de derechos humanos, defensores de derechos humanos y al otro lado personas, por ejemplo, de la policía, que están en proceso, que están siendo investigados, que todavía ni siquiera pasan a la formalización, etcétera, y si eso ayuda a dar un respaldo mayoritario al proyecto de ley y sea parte de una reconciliación, incluso de buscar la paz social para el momento constituyente que vive Chile, yo no me voy a negar a esa conversación.
– Y qué pasa si algunos de los indultados, de las personas que se van a beneficiar o se pudieran beneficiar con esto, postulan, salen en libertad y vuelven a delinquir. ¿Va a haber alguna norma especial que les aplique un mayor rigor de la ley?
-En el proyecto no hay una norma sobre eso. Pero podría ser. Podría ser. Es algo que se puede incluir. No se nos ocurrió hacerlo al momento de presentarlo. Puede ser parte de las indicaciones. Yo soy partidario siempre de tratar en su mérito las conductas de las personas. Pero, bueno, será parte de la discusión en particular, que yo espero que se vote pronto en la Sala, para poder habilitar esta discusión en particular, porque hay mucho de detalle en esto, mucho de aspecto jurídico, constitucional, político que mirar. Ahí hay posiciones. Tú pones a dos abogados penalistas y tienen posiciones distintas, dos abogados constitucionalistas y tienes posiciones distintas. Entonces es una discusión que no es blanco y negro, digamos, y es parte de lo que queremos entrar a la discusión particular para que siga avanzando.
-¿Estás disponible para indemnizar a las víctimas de saqueos, incendio, pequeños y medianos propietarios de locales que perdieron todo o parte importante de su capital producto de distintos delitos cometidos durante el período del estallido o la revuelta? Yo sé que esto no está en el proyecto, ¿pero cuál es tu opinión?
-Yo lo he dicho públicamente en distintos momentos: creo que hay que reparar a las pymes, hay que reparar a los emprendedores que fueron afectados. Me tocó conocer acá de cerca casos en Valparaíso, en Santiago, en Concepción, que gente que no pudo abrir en el contexto las protestas sociales, que no pudo abrir y quebró en el fondo.
-Mucha gente que sufrió mucho…
-Así es. Y después vino la pandemia, con gran crisis económica. Por lo tanto, yo soy partidario de leyes de reparación, pero esas leyes de reparación tienen que ser iniciativa del Ejecutivo. ¿Por qué? Porque implica un gasto público. Yo no puedo presentar como parlamentario una ley de reparación con presupuesto, porque es inadmisible. Yo lo que puedo hacer con el indulto es plenamente admisible, porque está dentro de mis facultades que la propia Constitución me otorga, pero una una ley de reparación, que le hemos pedido al Gobierno de Piñera patrocinar dos leyes, hay una que es de víctima de violación a los derechos humanos, por ejemplo, a víctimas de trauma ocular, de agresiones, de torturas graves, etcétera, requieren una reparación también…
-Esto es muy importante dejarlo claro, que es iniciativa del Gobierno, porque son recursos públicos los que se van a dedicar a eso y, además, porque quedó la sensación en la opinión pública, después de que se rechazó por la oposición esa declaración de la Cámara de Diputados, de que no estaban los votos. Los votos pueden estar. Lo que se rechazó fue una declaración específica y no una petición al Ejecutivo para iniciar el proyecto, sino que una declaración, una manifestación, y que por el tema de la redacción no estuvieron los votos de la oposición.
-Yo creo que acá, en el momento que estamos, no tenemos que jugar al empate en esta situación. O sea, víctimas hubo. Una revuelta popular es tan complejo porque tiene aristas y esquirlas, por decirlo así, para distintos grupos sociales. Ciertamente las víctimas de violación a los derechos humanos, ciertamente los emprendedores que fueron gravemente perjudicados, que fueron saqueados, quemados o que no pudieron abrir y cerraron y son identificados, no es que sean todas las pymes, sino que es un sector determinado. Y lo mismo las personas. Tenemos cerca de 400 personas con víctima de trauma ocular que atendió el Hospital Salvador. Son personas con nombre y apellido. Están ahí. Y bueno, independiente que tú descubras qué agente del Estado apretó el gatillo, porque eso ha sido difícil, la investigación ha sido lenta, pero esas personas ya perdieron un ojo o fueron gravemente afectadas en su integridad física, en una revuelta popular. Y ambas requieren reparación. Entonces, en vez de estar jugando al empate, vamos con propuestas que ayuden a la paz social, a la reconciliación. En eso, para mí ese es el motivo también, incluso, del indulto general a los presos de la revuelta: darle un cauce político, como ha existido en la historia de Chile, en momentos donde estamos reconstruyendo el pacto social en un momento constituyente. Esta es una salida política a los presos de la revuelta.