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Los expedientes secretos del “Proyecto Dominga” Opinión

Los expedientes secretos del “Proyecto Dominga”

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Francisco Cabrera
Por : Francisco Cabrera Sociólogo, Director de FENATRAMA (Federación Nacional de Trabajadores del Medio Ambiente)
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No solo omite u olvida otros hechos ocurridos durante el proceso de evaluación y minimiza aspectos de la evaluación técnica que están en el centro mismo de los fundamentos por las cuales el “Proyecto Dominga” fue calificado ambientalmente favorable el pasado 11 de agosto, sino que además dichas omisiones tienen que ver con las razones por las que Dominga logró sortear todas las barreras técnicas que se encuentran disponibles para que proyectos que no son ambientalmente sustentables puedan seguir siendo evaluados por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).


El martes 24 de agosto se publicó en el diario La Tercera la columna de opinión “Dominga y populismo ambiental”, por parte del abogado Jorge Cash, exfiscal del Ministerio del Medio Ambiente.

En ella, el señor Cash puntualiza una serie de hechos respecto de la evaluación ambiental del “Proyecto Dominga”, argumentando que todas esas actividades se enmarcaron en los canales vigentes de la evaluación ambiental y en el estricto apego a la institucionalidad vigente. Para cualquier lector externo y ajeno a las circunstancias concretas de cómo se ejecutó la evaluación ambiental del mentado proyecto, pareciera como si los hechos expuestos dieran cuenta de la impecabilidad del proceso.

Pues bien, el señor Cash no solo omite u olvida otros hechos ocurridos durante el proceso de evaluación y minimiza aspectos de la evaluación técnica que están en el centro mismo de los fundamentos por las cuales el «Proyecto Dominga» fue calificado ambientalmente favorable el pasado 11 de agosto, sino que además dichas omisiones tienen que ver con las razones por las que Dominga logró sortear todas las barreras técnicas que se encuentran disponibles para que proyectos que no son ambientalmente sustentables puedan seguir siendo evaluados por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Lo anterior, da cuenta o de una intención de querer omitir ex profeso ciertos aspectos ocurridos durante el proceso de evaluación o, simplemente, del desapego de una autoridad de confianza del Gobierno de turno (el señor Cash era fiscal del Ministerio del Medio Ambiente), respecto de lo que sucedía en uno de los servicios integrantes de la institucionalidad ambiental, como es el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

¿Cuáles son esas omisiones u olvidos? En agosto de 2017, los funcionarios de la Dirección Regional del SEA de Coquimbo emitieron una carta en la que relatan como desde el nivel central de dicho servicio, es decir, desde Santiago, intervinieron los documentos de la evaluación ambiental del «Proyecto Dominga».

En primer lugar, a través de la decisión de no haber querido llevar el proyecto a calificación luego de que el titular respondiera el Informe Consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones (ICSARA) 3 y, acto seguido, la intervención consistió en elaborar desde el nivel central, por cuenta propia y de manera inconsulta con el nivel regional que llevaba la evaluación, un ICSARA 4.

Posteriormente, habiendo llegado la respuesta del titular a ese ICSARA, o sea, la Adenda, se intervino el Informe Consolidado de Evaluación (ICE), de tal manera que el documento técnico que siempre emite el SEA a las Comisiones para recomendar la calificación del Proyecto fuera de “aprobación favorable”.

El punto es que, tal como se puede colegir de la carta de los encargados de la evaluación técnica del proyecto, de no haberse realizado dicha intervención la opinión técnica que hubiera salido del equipo regional es la recomendación de una “calificación ambientalmente desfavorable” del Proyecto, es decir, de rechazo.

Aún más, la grosera intervención por un equipo específico de profesionales dedicados a dicha función desde el nivel central, equipo de confianza de la autoridad administrativa de la época, ordenó no considerar el pronunciamiento de la Conaf en el último ICSARA, puesto que del equipo jurídico del nivel central se señaló que la Conaf no tenía las atribuciones técnicas para pronunciarse respecto del ámbito marino del proyecto Dominga que afecta a la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt.

Qué otra cosa podía decir el equipo interventor si el pronunciamiento de Conaf señalaba: “Dada la ausencia de información esencial y relevante para la evaluación del proyecto, tanto en el EIA mismo como en las sucesivas Adendas 1 y 2 esta Corporación ha manifestado en el proceso aspectos que merecían aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones. Sin embargo, éstas fueron sistemáticamente desatendidas por el titular. Asimismo el SEA no ejerció la facultad contenida en el artículo 15 bis de la Ley 19.300. Estas observaciones daban cuenta: a) del fraccionamiento del proyecto al no incorporar las rutas de navegación; b) la subestimación del área de influencia; y c) insuficiencia de información en la Línea base”.

En el mismo pronunciamiento Conaf señala: “A pesar de que nuestras observaciones lo solicitaron expresamente, estas no fueron consideradas por el SEA y, como consecuencia de ello, no fueron subsanadas por el titular. A nuestro entender, en virtud de lo anterior, este servicio no comparte lo expresado por el SEA al señalar que el titular ha entregado la información idónea y suficiente para la caracterización de línea base del proyecto”.

Vale la pena señalar que el equipo interventor no solo ordenó no considerar el pronunciamiento de la Conaf, sino que intentó excluirlo del expediente de evaluación, cuestión que solamente se logró revertir una vez que dicha institución ofició al SEA respecto de lo improcedente de tal decisión y que, a lo menos, se debía respetar el legítimo derecho del servicio de exponer sus puntos de vista técnicos.

En su columna, el señor Cash señala “que todos los órganos de la administración del Estado que ejercen sus competencias en materia ambiental, se manifestaron conformes con el desarrollo del proyecto, con la única excepción de Conaf” (énfasis agregado). Ya hemos señalado las razones por las cuales el «Proyecto Dominga» no se sacó de la evaluación del SEIA, pero aun siendo solo Conaf el que mantuvo su disconformidad con el proyecto, ese solo hecho, por sí solo, es motivo y razón suficiente para que, atendidos los argumentos técnicos esgrimidos por ese organismo técnico, el proyecto hubiera tenido una calificación desfavorable. Al parecer, el exfiscal intenta hacernos creer que la evaluación ambiental se define por mayoría y minimiza los argumentos esgrimidos por la Conaf durante el proceso de evaluación.

Peor aún, la carta de 2017 de los funcionarios de Coquimbo, señala que ya desde el inicio de la evaluación ambiental el proyecto presentó antecedentes para que este fuera retirado del SEIA a través de una Resolución de Término Anticipado (falta de información relevante o esencial) o de una recomendación de calificación desfavorable, toda vez que el proyecto no contemplaba el transporte que se desarrollaría desde y hacia la ciudad de La Serena, no acreditaba la idoneidad se las medidas de mitigación y compensación que proponía, no reconocía la ejecución de actividades de transporte marítimo y terrestre en comunas no consideradas originalmente y en sectores cercanos a áreas de protección oficial, todo lo cual redundaba en una insuficiente línea de base para poder evaluar adecuadamente el proyecto.

¿Serán, todos estos antecedentes que omitió el señor Cash, el “conjunto de percepciones, sensaciones y emociones, que poco y nada tienen que ver con el cumplimiento de la normativa ambiental” a los que se refería en su columna? A lo mejor con estos antecedentes que, al parecer, desconocía y que ocurrieron siendo él fiscal del Ministerio del Medio Ambiente, podrá seguir haciendo “una lectura imparcial y desideologizada del expediente” del proyecto.

 

Francisco Cabrera P. es presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Públicos del Medio Ambiente

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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