El abogado constitucionalista y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, compartió su visión respecto a los ejes centrales del borrador de nueva Constitución, que ya fue entregado a las comisiones de Armonización y Normas Transitorias, para dar curso a la última etapa del proceso constituyente. «Efectivamente esta es una Constitución extensa o desarrollada, también en algún sentido maximalista, porque contiene muchos objetivos de políticas públicas en su texto, pero no es la más extensa del continente como se ha dicho», señaló. Es más, aclaró que no es más extensa que el “sistema constitucional” establecido por la Constitución de 1980, ya que, si a la actual Carta Magna se le agregan sus Leyes Orgánicas Constitucionales –dictadas por la Junta Militar–, resulta ser bastante más extendido que el borrador de 499 artículos recién entregado por la Convención Constitucional. El académico también abordó algunas de las principales innovaciones de la propuesta de texto constitucional, como el tránsito hacia un «Estado social y democrático de derecho», que cierra el largo capítulo de “Estado subsidiario en nuestro país», así como la consagración de un Estado laico, plurinacional y una «república democrática, representativa y participativa con paridad». En relación con las críticas sobre el «ánimo refundacional» de la nueva Carta Fundamental, Francisco Zúñiga enfatizó que es una «crítica desenfocada», debido a que «los poderes constituyentes originarios en todos los países del mundo son refundacionales». «En Chile la Constitución del 25 fue refundacional, la de 1828 fue refundacional, y la de 1833 también lo fue. Las constituciones normalmente son refundacionales y eso no está mal en sí mismo, en la medida que la refundación del orden político-institucional no se haga sobre cero, sino que se haga sobre la base (innovando en lo necesario) de las tradiciones republicanas que ha tenido Chile durante dos siglos de vida institucional», cuestión que así ha sido y se aprecia en el borrador entregado por el órgano constituyente, indicó. El profesor Zúñiga también explicó los roles que tendrán las comisiones de Armonización y Normas Transitorias, y las reglas aplicables para sustituir o modificar la nueva Constitución, señalando que será una Carta Magna “semirrígida”, ya que se podrá modificar con acuerdo de las dos cámaras (Congreso de Diputadas y Diputados y Cámara de las Regiones), ratificado por un referéndum si la decisión de modificación no alcanza los dos tercios en ambas cámaras.