El recurso de protección, presentado por los rectores de las universidades de Chile, Católica, de Antofagasta, de Concepción, Católica del Norte, de Santiago, de Tarapacá y de Talca –entidades que son parte del consorcio Asociación para el Desarrollo del Instituto Tecnológico (Asdit)– y que inicialmente fue rechazado por la Corte de Apelaciones, fue acogido esta vez por la Corte Suprema (por 4 votos contra 1), dejando sin efecto la licitación que había adjudicado el proyecto al consorcio Associated Universities Inc. (AUI), que integran nueve universidades extranjeras y socias chilenas como las universidades del Desarrollo y San Sebastián. En su argumentación, el máximo tribunal del país se refirió al doble rol que jugó el exgerente general del Corfo, Felipe Commentz Silva, en la Comisión Evaluadora y, luego, como vicepresidente ejecutivo (s) por la inhabilitación del titular, Pablo Terrazas, en el Consejo de Ministros de Corfo, indicando que “constituye una irregularidad manifiesta». Entre los rectores integrantes de Asdit destacaron el fallo, el que –según expresaron– mejorará «la calidad de vida de los chilenos con nuevos conocimientos», junto con añadir que «es una muy buena noticia para el país», entre otras reacciones. Corfo señaló que acoge el recurso «dictado el día de ayer y notificado durante la tarde, al que dará cumplimiento por tratarse de una sentencia judicial».
La teleserie del Instituto de Tecnologías Limpias (ITL) de Corfo suma un nuevo capítulo. Y siguiendo con la analogía, este sería el capítulo final, ya que la Corte Suprema acogió el recurso de protección constitucional interpuesto por rectores de universidades chilenas, el que acusaba errores e irregularidades en el proceso de licitación, dejando sin efecto las actas de adjudicación del 4 de enero de 2021. Dicha licitación se la había adjudicado el consorcio Associated Universities Inc. (AUI), que integran nueve universidades extranjeras y socias chilenas como las universidades del Desarrollo y San Sebastián.
El recurso, presentado por los rectores de las universidades de Chile, Católica, de Antofagasta, de Concepción, Católica del Norte, de Santiago, de Tarapacá y de Talca, entidades que son parte del consorcio Asociación para el Desarrollo del Instituto Tecnológico (Asdit), que obtuvo el segundo lugar en la licitación de Corfo, fue admitido por la Tercera Sala de la Corte –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus; y por el abogado integrante Raúl Fuentes– por 4 votos a 1 (en contra votó Fuentes), dejando sin efecto la resolución del Corte de Apelaciones que había declarado “inadmisible” este recurso y, en su lugar, lo acogió.
Te puede interesar:
En su argumentación, el máximo tribunal se refirió al doble rol que jugó el exgerente general del Corfo, Felipe Commentz Silva, en la Comisión Evaluadora y, luego, como vicepresidente ejecutivo (s) por la inhabilitación del titular, Pablo Terrazas, en el Consejo de Ministros de Corfo, indicando que “constituye una irregularidad manifiesta».
«Las circunstancias anotadas precedentemente demuestran o relevan la parcialidad con que el señor Commentz presentó el informe de la Comisión Evaluadora que él mismo suscribió. Reproduciendo una opinión que a lo menos no tiene expresada una razón suficiente, dado que, al decir del propio presentador, no obstante estar evaluando el proyecto mismo, fue fundamental lo que sucedería al concluir el período de diez años en que se financiaría el proyecto, sin que se expresara que se había exigido tal continuidad en las bases del concurso. Para terminar, el señor Commentz emite su votación a favor de AUI, ratificando el mismo pronunciamiento que él formuló como miembro de la Comisión Evaluadora», indica el fallo.
«Esta irregularidad impide reconocer la legitimidad necesaria para producir efectos al procedimiento, por cuanto se ha faltado gravemente al principio de imparcialidad del procedimiento administrativo contemplado en el inciso 1° del artículo 11 de la Ley N°19.880 (…). Por lo razonado, queda de manifiesto que tanto la garantía de igualdad como la del debido proceso, aplicable al actuar de la Administración en la toma de 32 decisiones, han sido desconocidas. En efecto, esta Corte Suprema ha dicho que el Estado tiene la obligación de sustanciar un procedimiento cumpliendo el mandato del artículo 10 de la Ley N°19.880, (…) norma que refleja el mandato constitucional del debido proceso y que aparece como vulnerada respecto de las actoras, quienes han perdido la licitación en un procedimiento irregular, en que la participación del señor Commentz aparece parcial y determinante en la adopción de la decisión final del proceso de adjudicación del aporte I+D. En el mismo sentido, debe concluirse que la racionalidad ha estado ausente en el pronunciamiento del Consejo de CORFO, pues el señor Commetz debió abstenerse de participar como miembro de él. Por lo razonado, la presente acción deberá ser acogida», añaden.
En conversación con El Mostrador, el abogado representante del consorcio Asdit, Gabriel Reyes Seisdedos, afirmó que «por tratarse de un recurso de protección es un tremendo y muy positivo fallo para el país. De la multiplicidad de irregularidades que acreditamos, la Corte toma como indubitada y palmaria la falta de imparcialidad del gerente general de Corfo de la época, Felipe Commentz. Y sienta una doctrina, al decir que el estándar de transparencia exigido en la sociedad actual requiere que la administración se comporte de forma imparcial, proba, transparente y sin conflictos de interés y, si esto no se cumple, la decisión o el acto final es nulo».
«Esto es muy interesante, ya que en esta causa Corfo siempre dijo que la actuación del Sr. Commentz estaba apegada a derecho, minimizando los actos irregulares perpetrados. La Corte Suprema dice claramente que no y tilda su actuación como ‘irregularidad manifiesta’, y su voto como ‘ilegítimo’. Para nosotros siempre estuvo claro que los funcionarios de Corfo intervinientes en todo el proceso ITL no respetaron la garantía del debido proceso y es motivo de alegría que el máximo tribunal de la Republica haya estimado lo mismo en este fallo histórico. Desde el punto de vista del recurso de protección, estimo que la Corte hizo justicia. Ahora esperamos que el Consejo de Corfo lo haga también desde el punto de vista de la adjudicación de este proceso. La postulación de AUI, de acuerdo a antecedentes que obtuvimos a través de Ley de Transparencia, carece de información requerida, lo cual la deja fuera de bases. Esperamos que el Consejo de Corfo también pueda examinar esa información», agregó.
Reyes indicó que están atentos a la investigación penal sobre esta materia, la que se inició tras el informe de la Comisión Investigadora de la Cámara de Diputados. «Creemos que esa investigación entrará al detalle de responsabilidad personal de funcionarios en estos hechos, teniendo a la vista muchos más antecedentes que los que puso examinar la Corte Suprema en sede de recurso de protección. En mi opinión, aquí hubo una operación deliberada para desacreditar a los integrantes de la postulación de Alta Ley y actos de empleados públicos que intentaron consolidar una adjudicación irregular a AUI. Presentaremos antecedentes en ese sentido a la Fiscalía», señaló.
Precisamente, el presidente de la señalada comisión, el diputado Tomás Hirsch (AH), celebró el fallo del máximo tribunal del país, asegurando que “confirma lo que concluimos en la instancia investigativa y aclara una situación que habíamos denunciado. En segundo lugar, al poder volver a hacerse la votación, que fue lo que resolvió la Corte Suprema, va a permitir que se realice la elección del desarrollador del próximo Instituto de Tecnologías Limpias como corresponde: sin personeros que son parte interesada, permitiendo que los recursos queden en manos de las universidades chilenas, con inversión en las regiones mineras, con posibilidades de desarrollo tecnológico, científico y académico para nuestro país, con generación de contratos y desarrollo de mano de obra chilena. Desde todo punto de vista, es una resolución tremendamente importante”.
Finalmente, la Corfo indicó que acoge el recurso «dictado el día de ayer y notificado durante la tarde, al que dará cumplimiento por tratarse de una sentencia judicial». Cabe recordar que, en la actualidad, no están los nombres que licitaron inicialmente en el referido Consejo de Corfo, sino que ahora este está conformado, entre otros, por el ministro de Economía, Nicolás Grau; el ministro de Hacienda, Mario Marcel; el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela; y el vicepresidente ejecutivo de Corfo, José Miguel Benavente.
Tras conocer la noticia, desde el consorcio Asdit celebraron el fallo de la Corte Suprema. Víctor Pérez, director ejecutivo, señaló que “tanto el país como la Región de Antofagasta, así como las instituciones que buscan participar y desarrollar el ITL, merecen que se tome una decisión seria e informada bajo los más altos estándares de transparencia, probidad y resolución de conflictos de interés. La resolución de la Tercera Sala de la Corte Suprema, que acoge el recurso de protección, dejando sin efecto las actas de adjudicación de Corfo, pide que se pongan todos los antecedentes a disposición del Consejo Corfo, a fin de que este adopte una decisión de adjudicación a la brevedad, y que se emita una decisión fundada de las propuestas admisibles de forma transparente y considerando las evaluaciones de los expertos internacionales. Este dictamen de la Corte Suprema honra el propósito de Asdit, que no es otro que mejorar la calidad de vida de los chilenos con nuevos conocimientos, innovación, emprendimiento y nuevas tecnologías que apoyen un desarrollo sostenible para nuestro país, la humanidad y las futuras generaciones».
Rosa Devés, rectora de la Universidad de Chile, comentó que “el fallo de la Corte Suprema es contundente, y es una muy buena noticia para el país , para el desarrollo de la ciencia e innovación y el emprendimiento local, en las áreas de energía solar, minería verde, producción de hidrógeno y tecnologías asociadas a la producción de litio. El consorcio Asdit está totalmente activo, y ha seguido profundizando actividades público-privadas en estas líneas. En este sentido, la Universidad de Chile tiene los equipos preparados para llevar adelante esta iniciativa, en el marco de trabajo que defina Corfo».
Por su parte, Ignacio Sánchez, rector de la Pontificia Universidad Católica de Chile, aseguró que “como UC estamos muy satisfechos con la sentencia de la Corte Suprema, que acoge el recurso de protección interpuesto por un conjunto de prestigiosas universidades chilenas y entidades nacionales y extranjeras, en una materia que es de primer interés del país. Se reconoce que la adjudicación de los recursos para el Instituto de Tecnologías Limpias tenía anomalías que deben ser corregidas. Se ordena, asimismo, que se adopte una decisión de adjudicación a la brevedad, fundada en la forma más transparente posible de las propuestas admisibles y de las opiniones de los expertos internacionales», concluyó.