En la sentencia, la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino condenó a Sinclair a 5 años y un día de presidio, en calidad de autor, al igual que Juan Viterbo Chiminelli Fullerton. En tanto, Pedro Octavio Espinoza Bravo fue condenado a 10 años de presidio, y Emilio Robert de la Mahotiere González, 3 años y un día de presidio, como encubridor.
La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cuatro miembros en retiro del Ejército, entre ellos el exintegrante de la Junta Militar y exsenador designado Santiago Arturo Sinclair Oyaneder por doce crímenes del episodio Valdivia de la «Caravana de la Muerte», cometidos en octubre de 1973 durante la dictadura militar.
En la sentencia (causa rol 2.070-2018), la sala integrada por los ministros Carlos Gajardo, Alejandro Madrid y la abogada integrante Paola Herrera condenó a Sinclair a 5 años y un día de presidio, en calidad de autor, al igual que Juan Viterbo Chiminelli Fullerton.
En tanto, Pedro Octavio Espinoza Bravo fue condenado a 10 años de presidio, y Emilio Robert de la Mahotiere González, 3 años y un día de presidio, como encubridor.
El fallo corresponde a los delitos de homicidio calificado de Gregorio José Liendo Vera, Pedro Purísimo Barría Ordóñez, Rudemir Saavedra Bahamondes, Víctor Eugenio Rudolph Reyes, Víctor Segundo Valeriano Saavedra Muñoz, Santiago Segundo García Morales, Luis Mario Valenzuela Ferrada, Sergio Jaime Bravo Aguilera, Luis Hernán Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Enrique del Carmen Guzmán Soto y José René Barrientos Warner.
La sentencia dio por establecido que las muertes corresponden a “un homicidio en los términos previstos en el artículo 391 N° 5 del Código Penal, pues no cabe sino concluir que la decisión de ordenar el fusilamiento de cada uno de ellos, creando la apariencia de la ejecución de una resolución judicial proveniente de un supuesto Consejo de Guerra, revela la existencia de un plan previamente concebido”.
En tal sentido, el tribunal de alzada recordó que “todos los actos que terminan con el fusilamiento de las víctimas, comienzan con la llegada a la ciudad de la comitiva que encabezaba Sergio Arellano Stark y es así, que en el breve lapso de su permanencia en la ciudad, se llevan a efecto todas las ejecuciones, procediéndose de la misma forma en todos aquellos lugares en que se hizo presente».
En el aspecto civil, el fallo confirmó la sentencia que acogió la demanda y que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $1.910.000.000 (mil novecientos diez millones de pesos) a familiares de las víctimas.