De acuerdo al fallo del tribunal, ninguno de los demandantes cumplía con las exigencias requeridas en las oportunidades en que el Tribunal de Conducta de Punta Peuco evaluó sus antecedentes para los procesos de postulación de libertad condicional.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de cuatro internos del Penal Punta Peuco en contra de Gendarmería, que los excluyó de la nómina para optar al beneficio de la libertad condicional.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la acción interpuesta en representación de Rodrigo Pérez Martínez, Marco Antonio Bustos Carrasco, Aquiles Navarrete Izarnotegui y Julio Cerda Carrasco, todos condenador por delitos de lesa humanidad.
De acuerdo al escrito, “no constituye un actuar que afecte directamente la libertad personal del amparado, pues su sola inclusión en los listados de postulación no le garantizaba en caso alguno la concesión de la libertad condicional, sino que una mera expectativa sujeta a la decisión de la Comisión de Libertad Condicional”.
Cabe mencionar que, respecto a crímenes de lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra, entre otros, los delincuentes tienen que cumplir dos tercios de la pena para poder postular, ademas de cumplir con otros requisitos como conducta intachable y una ficha de postulación psicosocial elaborado por el área profesional a cargo de Gendarmería.