Para el abogado de la familia de Tohá, Nelson Caucoto, “las dificultades para avanzar han sido demasiadas, partiendo por enfrentarnos a la mentira oficial de la dictadura, que esparció comunicacionalmente la tesis de que don José Tohá se había suicidado en el Hospital Militar”, por lo que esta resolución “es extremadamente importante, pues se trata del primer procesamiento dictado en la causa”.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó, en forma unánime, el auto de procesamiento en contra del ex militar Jorge Luis Chován en calidad de encubridor del homicidio calificado de José Tohá González, ex vicepresidente de la República, ministro del Interior y de Defensa Nacional de Salvador Allende, ocurrido el 15 de marzo de 1974.
La instancia integrada por la ministra María Soledad Melo, Gloria Solís e Inelie Durán confirman lo resuelto el 12 de febrero recién pasado por el ministro en visita extraordinaria del mismo tribunal, Miguel Vázquez.
En el fallo se señala que en este caso “los hechos permiten concluir fundadamente que la muerte de José Tohá González fue producto de la acción de terceros mediante el ahorcamiento, en alguna hora de la mañana del día viernes 15 de marzo de 1974”. Agregando que los hechos “son constitutivos del delito de HOMICIDIO CALIFICADO cometido en la persona de JOSÉ TOHÁ GONZÁLEZ, ilícito previsto y sancionado en el artículo 391 N° 1 del Código Penal, en su redacción de la época. Y que, de los mismos antecedentes consignados en el numeral primero, sumado a las propias declaraciones de Jorge Luis Chovan Gahona de fojas 543 y 2856, fluyen cargos fundados para estimar que le ha cabido a éste participación como encubridor del delito de homicidio calificado”.
Jorge Luis Chován es teniente coronel en retiro del Ejército. A la fecha de los hechos era capitán y cumplía funciones como ayudante del director del Hospital Militar, Guillermo Yupanqui, ya fallecido.
Para el abogado de la familia de Tohá, Nelson Caucoto, esta resolución “es extremadamente importante, pues se trata del primer procesamiento dictado en la causa, por hechos ocurridos en 1974”.
De acuerdo a Caucoto, “las dificultades para avanzar han sido demasiadas, partiendo por enfrentarnos a la mentira oficial de la dictadura, que esparció comunicacionalmente la tesis de que don José Tohá se había suicidado en el Hospital Militar. Se ha demostrado judicialmente con apoyo de la ciencia médica que fue un homicidio. Los informes periciales del Dr. Luis Ravanal, informes del del Servicio Médico Legal y de la Universidad de Concepción, fueron claves para derribar la tesis del falso suicidio. Esto permitirá esclarecer el homicidio de don José Tohá, en ese ámbito es que el procesado Chován aparece como uno, entre muchos partícipes”, sostuvo.
Cabe destacar que este caso estuvo en manos de la justicia militar y el expediente judicial nunca apareció. Pese a ello, la investigación iniciada por el ministro Jorge Zepeda y continuada por el ministro Vásquez pudo establecer que José Tohá fue detenido el 11 de septiembre de 1973, en la Cancillería y trasladado al Ministerio de Defensa, a la Escuela Militar y unos días después a Punta Arenas, al campo de prisioneros en isla Dawson.
Luego, y debido a su mal estado de salud, fue trasladado al hospital de la Fuerza Armada de Punta Arenas y, posteriormente, al de Santiago. En este último estuvo incomunicado y fue interrogado en reiteradas oportunidades bajo tortura. Tohá para entonces se encontraba en evidente estado de desnutrición, llegando a pesar 49 kilos teniendo una estatura de 1,92.
El fallo establece que “el día viernes 15 de marzo de 1974, alrededor del mediodía, en circunstancias que uno de los soldados conscriptos le fue a dejar el almuerzo a su habitación, lo encontró muerto, con su cuello unido con un cinturón de 90 centímetros a una cañería que pasaba por el interior del closet de su pieza, en suspensión incompleta, con su brazo derecho apoyado sobre una de las repisas del closet de la habitación, con sus pies flectados sobre el piso”.
“Que, ese mismo día y, en una de las dependencias del Hospital Militar de Santiago, personal del Servicio Médico Legal procedió a realizar una autopsia a la víctima, concluyendo que su fallecimiento se produjo por asfixia por ahorcamiento de tipo suicida”. Esa conclusión de la autopsia fue radicalmente controvertida posteriormente con las investigaciones judiciales, descartándose el suicido.
En el mismo sentido, el fallo prosigue señalando que “el médico criminalista de la Brigada de Homicidio Domingo Chelén Araya que revisó a la víctima en el sitio del suceso mantuvo siempre que su muerte se debió a intervención de terceros, que concluyó en un estrangulamiento con simulación de suicidio, por la existencia de un surco completo en su cuello, la ruptura de un quiste sebáceo por compresión que no pasaría en un ahorcamiento, el estado físico en que se encontraba, y la mayor estatura de José Tohá, lo que hacía imposible la tesis del suicidio; y que la causa de muerte más probable es la estrangulación y el informe pericial de causa de muerte determina que hay dudas razonables de que la víctima haya podido realizar todas las acciones tendientes a provocar su muerte”.