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Tercer retiro: Sala del Senado analizará este jueves en sesión especial el proyecto despachado en la Comisión de Constitución PAÍS Crédito: Senado.cl

Tercer retiro: Sala del Senado analizará este jueves en sesión especial el proyecto despachado en la Comisión de Constitución

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La iniciativa quedó en condiciones de ser votada por la Sala a partir de las 9:30 horas de este jueves. La Comisión de Constitución introdujo algunos cambios a las disposiciones sobre rentas vitalicias y algunos ajustes relativos al pago de deudas de alimentos. Además, se rechazaron las indicaciones que buscaban que los fondos retirados estuvieran sujetos a tributos, y se desecharon las que buscaban que los montos retirados debían ser restituidos.


Tras analizar las 20 indicaciones que le presentaron a la reforma constitucional, la Comisión de Constitución aprobó en particular y despachó a la Sala el proyecto que posibilita un tercer retiro de parte de los fondos previsionales.

La iniciativa sigue su trámite en la Cámara Alta, pese al requerimiento ingresado por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional que busca frenarla. En la sesión de hoy, la Comisión de Constitución introdujo algunos cambios a las disposiciones sobre rentas vitalicias y algunos ajustes relativos al pago de deudas de alimentos. Además, se rechazaron las indicaciones que buscaban que los fondos retirados estuvieran sujetos a tributos, y se desecharon las que buscaban que los montos retirados debían ser restituidos.

Durante la sesión la senadora UDI Luz Ebensperger, quien insistió en la postura de que esta reforma es inconstitucional por lo que no respaldará las normas propuestas.

El resto de las indicaciones contó con la votación en bloque de los senadores Pedro Araya (independiente), Alfonso De Urresti (PS) y Francisco Huenchumilla (DC, quien fue reemplazado parte de la sesión por el senador Carlos Bianchi); mientras que el senador RN Rodrigo Galilea votó a favor o en contra dependiendo de la temática.

El primer punto que se analizó en la Comisión fue el relativo a si el acceso al retiro de los fondos era universal o si estaría sujeto a algunas condiciones. El tal sentido, se rechazaron con 4 votos en contra y 1 a favor, tres indicaciones presentadas por los senadores Carmen Gloria Aravena, Francisco Chahuán, Rodrigo Galilea y Rafael Prohens; y una del senador Felipe Kast.

Los primero planteaban que podían acceder al tercer retiro de los fondos previsionales quienes hayan perdido el empleo entre enero de 2020 y marzo de 2021; mientras que el segundo planteaba que lo hicieran quienes lo habían perdido entre marzo de 2020 y hasta 6 meses después de la publicación de la reforma previsional.

Uno de los puntos donde se desarrolló un amplio debate fue en la norma que permite que durante la vigencia del estado de excepción, los pensionados por renta vitalicia pudieran acceder a parte de sus fondos.

Allí se presentaron al menos 6 indicaciones, tanto para suprimir esa disposición -lo que fue rechazado con 3 votos en contra y 2 a favor- , como para modificarla.

En tal sentido, se introdujeron algunas indicaciones que establecen que desde la publicación de la reforma y hasta un año después, los pensionados o sus beneficiarios por renta vitalicia podrán, por una sola vez y de forma voluntaria, adelantar el pago de sus rentas vitalicias hasta por un monto equivalente al 10% del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga el pensionado en la respectiva compañía de seguros para cubrir el pago de sus pensiones, con un tope máximo de 150 UF.

Asimismo, señala que a quienes opten por este retiro, se les imputará del monto mensual de sus rentas vitalicias futuras, a prorrata, en forma proporcional y en igual porcentaje que aquel que represente el monto efectivamente retirado.

La comisión también introdujo algunas disposiciones relativas a asegurar el pago de las pensiones de alimentos, estableciendo normas de subrogación (indicación presentada por los senadores Isabel Allende, Ximena Rincón, Marcela Sabat, Francisco Huenchumilla y Felipe Kast) y también para permitir que en los casos en que haya más de un alimentario solicitando la retención por concepto de pensiones de alimentos,  la AFP respectiva consigne en la cuenta del tribunal de familia , que primero notificó, siendo éste quien libere los pagos a los alimentarios.

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