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Crisis migratoria: Corte Suprema ordena al Gobierno implementar medidas que procuren la «protección eficiente e integral» de los habitantes de Iquique PAÍS Crédito: ATON

Crisis migratoria: Corte Suprema ordena al Gobierno implementar medidas que procuren la «protección eficiente e integral» de los habitantes de Iquique

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En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal consideró como insuficientes las actuales medidas permitiendo que afecten los derechos constitucionales de los habitantes de Iquique.


La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a las autoridades del Gobierno central adoptar coordinaciones con la Municipalidad de Iquique para adoptar las medidas necesarias para evitar que la crisis migratoria afecte a los habitantes de la ciudad.

En la sentencia (rol 25.529-2021) la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y la abogada (i) Leonor Etcheberry– consideró como insuficientes las actuales medidas permitiendo que afecten los derechos constitucionales de los habitantes de la ciudad.

La acción fue interpuesta por el alcalde de Iquique, Mauricio Soria, y recurre contra el Presidente Sebastián Piñera, el ministro del Interior, Rodrigo Delgado, el canciller Andrés Allamand y el entonces intendente de Tarapacá, Miguel Ángel Quezada.

En el recurso, el edil acusa una vulneración a los derechos a la vida, a la salud e integridad física y psíquica, de los habitantes nacionales de Iquique y de los migrantes ubicados en esa comuna.

«A pesar de la puesta en marcha de diversas medidas en la zona afectada, valga como ejemplo, el Plan de Frontera Segura o el establecimiento de Aduanas Sanitarias en las comunas de Huara y Colchane, en ningún caso permiten establecer la eficacia y eficiencia de los métodos adoptados para enfrentar de manera adecuada la situación humanitaria y migratoria que se ha generado a partir de la crisis sanitaria», indica el fallo del máximo tribunal.

El texto añade que «la conducta de los órganos recurridos resulta ser arbitraria», arguyendo «que los hechos develados en la presente acción de cautela de derechos, demuestran la insuficiencia de las medidas puestas en práctica (por el Gobierno), toda vez que un grupo considerable de la población continua viéndose afectado principalmente por el ingreso irregular y asentamiento de grupos de personas en distintos bienes nacionales de uso público».

Asimismo, el máximo tribunal destacó que «ante situaciones tan determinantes para las personas, cabe exigir mayor diligencia a la autoridad, sobre quien pesa su actuar de oficio y respeto por los principios de no discriminación, objetividad y exhaustividad en su proceder».

«En especial si como en este asunto se hallan involucradas garantías primordialmente protegidas por el constituyente, como la igualdad ante la ley, razón por la cual el presente recurso deberá ser acogido en los términos que se dispondrá en lo resolutivo de esta sentencia”, asevera el fallo.

Por lo tanto, la Corte Suprema acogió el recurso, «solo en cuanto las autoridades recurridas deberán en un breve plazo, previa coordinación con la Municipalidad de Iquique, implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a enfrentar de modo adecuado la crisis humanitaria y migratoria en actual desarrollo”.

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