Vía Twitter, el Presidente Sebastián Piñera también destacó la aprobación de la ley, señalando que la nueva normativa “hace justicia a Juan y tantos hombres y mujeres que han perdido sus vidas en manos de la violencia y el terrorismo”, en recuerdo del conductor que falleció en marzo del año pasados tras la quema de su máquina por parte de encapuchados en Victoria. Por su parte, el líder de los camioneros, Sergio Pérez, presidente de la Confederación Nacional de Transporte de Carga (CNTC), destacó que “finalmente hemos logrado lo que tanto hemos luchado”.
Luego de varios meses de tramitación en el Parlamento, la Cámara de Diputados despachó la denominada Ley Juan Barrios, una normativa que era empujada por los camioneros y La Moneda, y que redefine el delito de incendio y eleva las penas hasta el presidio perpetuo.
“Una buena noticia para los camioneros de Chile. Hoy se ha aprobado la Ley Juan Barrios, queremos agradecer al Poder Ejecutivo y también al Parlamento, finalmente hemos logrado lo que tanto hemos luchado”, dijo el líder de los camioneros, Sergio Pérez presidente de la Confederación Nacional de Transporte de Carga (CNTC).
Video vía Twitter: @CNTCCHILE
Vía Twitter, el Presidente Sebastián Piñera también destacó la aprobación de la ley, señalando que la nueva normativa “hace justicia a Juan y tantos hombres y mujeres que han perdido sus vidas en manos de la violencia y el terrorismo. La aprobación de esta ley es un gran avance para fortalecer las condiciones y seguridades para trabajar y vivir seguros y en paz”.
La ley lleva el nombre de conductor de camión que falleció en marzo del año pasado, como consecuencia de las quemaduras que sufrió durante la quema de su máquina por parte de encapuchados, en la comuna de Victoria.
El fin del trámite legislativo no estuvo exento de polémicas, dado que la sesión de la mañana tuvo que ser suspendida, porque apenas llegaron 46 parlamentarios a la sala.
La sesión tuvo que sea reagendada para la tarde, donde la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó el veto aditivo del Presidente de la República al proyecto y con ello, el proyecto quedó en condiciones de pasar a fase de promulgación.
La propuesta considera un nuevo texto para el delito de incendio en un lugar habitado sin resultado de muerte. Se castigará con presidio mayor en su grado medio (desde 10 años) a presidio perpetuo para quien incendie un lugar donde haya una o más personas y su presencia se pudiese prever.
En este ámbito se consideran: edificios, aeronaves, buques, plataformas navales, vehículos de transporte público de pasajeros, automóviles de dos o más plazas, y camiones. También, instalaciones de servicios sanitarios, de almacenamiento o transporte de combustibles, de distribución o generación de energía eléctrica, portuaria, aeronáutica o ferroviaria. Asimismo, incluye las instalaciones de trenes subterráneos u otro lugar, medio de transporte o bien semejante.
Dicha norma contó con 96 votos a favor, 4 en contra y 16 abstenciones.
La segunda observación agrega un artículo con una regulación de derecho intertemporal respecto a la aplicación de la ley en virtud de los principios penales de la normativa vigente y la ley más favorable para el imputado. La norma fue aprobada por 91 votos a favor, 4 en contra y 22 abstenciones.