La iniciativa inhabilita, de forma perpetua, trabajar con niños, niñas y adolescentes a todas las personas que hayan cometido abusos infantiles. Otra ley relacionada se encuentra en espera, la cual impide la rebaja de condena a quienes cometan delitos sexuales en contra de menores de edad. Al respecto, el Gobierno destacó que estas normativas «se complementan con la Ley de Imprescriptibilidad de los Delitos Sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes, y con el proyecto de ley que tipifica la explotación sexual comercial infantil».
El Ministerio de Justicia confirmó que este sábado 5 de febrero entrará en vigencia la ley que perfecciona el Registro de Ofensores y establece la inhabilidad perpetua para trabajar con niños, niñas y adolescentes a todas las personas que hayan cometido abusos infantiles.
A su vez, la próxima semana cumplirá con este último trámite la iniciativa que impide acceder al beneficio de rebaja de condenas a quienes cometan delitos sexuales en contra menores de edad.
El Gobierno destacó que estas normativas «se complementan con la Ley de Imprescriptibilidad de los Delitos Sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes, y con el proyecto de ley que tipifica la explotación sexual comercial infantil».
El ministro (s) de Justicia y Derechos Humanos, Sebastián Valenzuela, dijo que «estas nuevas leyes se insertan en una política que ha sido un eje de nuestro ministerio: modernizar nuestra justicia penal, para poner a los niños, niñas y adolescentes primeros en la fila, y en lo particular, para resguardar plenamente su indemnidad y libertad sexual».
En específico, ahora no podrán acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes delitos del Código Penal: