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Fuga de exalcaldesa Karen Rojo: Corte de Apelaciones aprueba solicitar extradición a Países Bajos PAÍS Crédito: Agencia Uno

Fuga de exalcaldesa Karen Rojo: Corte de Apelaciones aprueba solicitar extradición a Países Bajos

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En fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta aprobó lo dispuesto por el Juzgado de Garantía y accedió a pedir la extradición de la condenada, quien se encuentra en los Países Bajos. 


La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió este miércoles la solicitud de extradición activa de la exalcaldesa Karen Rojo, quien fue condenada a la pena de cinco años y un día de presidio efectivo por el delito de fraude al fisco. Rojo se fugó del país el 23 de marzo, mismo día en que la Corte Suprema confirmó la pena.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Dinko Franulic Cetinic, Ingrid Castillo Fuenzalida y el abogado (i) Jorge León Rojas– aprobó lo dispuesto por el Juzgado de Garantía de Antofagasta y accedió a pedir la extradición de la condenada, quien se encuentra actualmente en los Países Bajos.

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Para el tribunal de alzada, en la especie,  “(…) debe tenerse presente que se cumplen los requisitos de los artículos 431, 432 y 436 del Código Procesal Penal, pues la condenada Karen Paulina Rojo Venegas ha sido sancionada como autora del delito de fraude al Fisco a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, sin que se le otorgara pena sustitutiva alguna».

La resolución agrega que: “(…) por otra parte, también es del caso considerar como fundamento normativo que hace procedente la solicitud de extradición activa, lo dispuesto en los artículos 17, 44 y demás pertinentes de la Convención de Las Naciones Unidas contra la corrupción, norma internacional que fue suscrita tanto por la República de Chile como por el Reino de los Países Bajos, siendo ambos Estados miembros».

“(…) finalmente, es procedente la detención previa de acuerdo con el artículo 434 del Código Procesal Penal, dada la condición de rematada de la condenada y la extensión de la pena que debe cumplir en forma efectiva, habiendo antecedentes, derivados del propio comportamiento elusivo de ella, de un considerable riesgo de fuga, todo con la finalidad de hacer exitosa la extradición y lograr la correcta ejecución de la pena”, añade.

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