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TC declara inadmisible requerimiento en contra de la CAM y otras tres agrupaciones mapuche PAÍS Crédito: Agencia Uno

TC declara inadmisible requerimiento en contra de la CAM y otras tres agrupaciones mapuche

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En fallo dividido, la Primera Sala del Tribunal Constitucional (TC), declaró inadmisible por cuatro votos contra uno el requerimiento de inconstitucionalidad contra la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), la Weichan Auka Mapu (WAM), la Resistencia Mapuche Malleco (RMM) y la Resistencia Mapuche Lavkenche (RML) tras decidir que es competencia de la justicia penal. Esto, luego de que el excoordinador de seguridad de la zona sur, Pablo Urquízar, presentara el documento amparándose en la facultad del máximo tribunal que establece que el Pleno podrá «declarar la inconstitucionalidad de las organizaciones y de los movimientos o partidos políticos, como asimismo, la responsabilidad de las personas que hubieran tenido participación en los hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad».


En fallo dividido por cuatro votos contra uno, la Primera Sala del Tribunal Constitucional (TC), declaró inadmisible el requerimiento de inconstitucionalidad contra la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), la Weichan Auka Mapu (WAM), la Resistencia Mapuche Malleco (RMM) y la Resistencia Mapuche Lavkenche (RML).

Según informa El Mercurio, la instancia encargada de pronunciarse en la materia estuvo integrada por la ministra y nueva presidenta del TC, Nancy Yáñez y los magistrados Miguel Ángel Fernández, Nelson Pozo, Rodrigo Pica y María Pía Silva.

Desde el máximo tribunal confirmaron que en la resolución, que será dada a conocer durante este jueves,  los ministros de la mayoría consideraron que lo expuesto en el requerimiento supera las implicancias de que el TC declare a dichas agrupaciones como inconstitucionales, argumentando que, tomando en consideración el tenor de los hechos, es un tema de competencia de la justicia penal.

Cabe recordar que el pasado domingo 12 de junio, el excoordinador de seguridad de la zona sur Pablo Urquízar, ingresó el requerimiento ante el TC amparándose en la facultad del máximo tribunal consagrada en el artículo 31 N°12 que establece que el Pleno de la instancia podrá «declarar la inconstitucionalidad de las organizaciones y de los movimientos o partidos políticos, como asimismo, la responsabilidad de las personas que hubieran tenido participación en los hechos que motivaron la declaración de inconstitucionalidad».

Además, el requerimiento solicitaba oficios a cerca de 20 instituciones estatales y civiles, con la finalidad de que entregasen información respecto al funcionamiento de dichas agrupaciones.

Entre estos organismos se encontraba la Agencia Nacional de Inteligencia, los ministerios del Interior, Agricultura, Educación y Secretaría General de la Presidencia. Así como también al Ministerio Público, la PDI, Carabineros, Empresa de Ferrocarriles del Estado, la Iglesia Católica, entre otras instituciones».

En  los días previos al pronunciamiento del TC, el requerimiento había sumado apoyo desde distintos sectores. Uno de ellos fue la Multigremial de La Araucanía, la que recordó que la «CAM y la WAM han dicho públicamente que están en una guerra, han atacado a cientos de personas, quemando iglesias, han asesinado y han declarado que no están disponibles para terminar con la violencia».

En ese sentido, llamaron al TC a actuar «en consonancia con el derecho constitucional chileno pensando en quienes han sufrido las consecuencias de la inacción que ha tenido el Estado».

El escrito también había recibido el respaldo de la oposición, siendo el diputado de Renovación Nacional, Miguel Mellado, el que recordó un proyecto de resolución de mayo, donde la Cámara declaró a las cuatro agrupaciones impugnadas como asociaciones ilícitas de carácter terrorista».

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