El recurso de protección fue presentado por un grupo de diputadas, encabezadas por la legisladora Ana María Gazmuri (AH). La acción fue declarada inadmisible por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso declaró inadmisible un recurso de protección presentado el 24 de agosto por un grupo de diputadas -encabezadas por la parlamentaria Ana María Gazmuri (AH)- en contra de una modificación reglamentaria de la Cámara Baja, que busca aplicar a los legisladores un test de drogas obligatorio.
El recurso -presentado, además de Gazmuri, por las diputadas Marisela Santibáñez (PC) y las IND-FA Marcela Riquelme, Lorena Fries y Clara Sagardía– apuntaba que la modificación reglamentaria atenta contra garantías constitucionales, como la integridad física y psíquica de la persona, la protección a la vida privada, a la honra y a los datos personales. También señalaba la ausencia de una justificación constitucional objetiva y razonable para levantar esos derechos.
También te puede interesar:
Sin embargo, el tribunal de alzada declaró inadmisible el recurso. El fallo indica que el Congreso Nacional «detenta la autonomía y facultad privativa para dictar sus propias normas reglamentarias que regulen su organización y funcionamiento interno». Asimismo, considera «la necesaria separación de poderes».
«Esta Corte que no se advierte en el recurso la existencia de hechos que puedan constituir una vulneración de garantías constitucionales (…) se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto”, añade al resolución.
La aplicación del test de drogas a un primer grupo de diputados -78 parlamentarios, seleccionados mediante sorteo- comenzó el lunes 22 de agosto. El plazo de aplicación inició esa jornada y terminará el martes 30 de agosto. El resto de la Cámara Baja deberá realizarse el test a finales de septiembre.
En concreto, los diputados deben acudir al Laboratorio de Análisis de Antidoping y Drogas de Abuso de la Universidad de Chile para someterse a examen de pelo. Los resultados se conocerán en un plazo de entre 10 a 15 días.
Los legisladores deberán aplicarse el examen al menos dos veces en su periodo legislativo.
Aquellos cuyo examen resulte positivo deberán presentar una autorización anticipada de levantamiento de secreto bancario por el lapso de un año.