El proyecto fue enviado a Comisión Mixta para mejorar las normas relativas a la inducción al suicidio o suicidio femicida, a propósito del caso Antonia Barra, quien se suicidó el 2019 tras ser víctima de violación por parte de Martín Pradenas.
La Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado aprobaron este miércoles un informe emanado de Comisión Mixta sobre el proyecto denominado Ley Antonia, que busca proteger los derechos de las víctimas de delitos sexuales. Con el respaldo de ambas Corporaciones, la iniciativa fue despachada a ley.
El texto fue enviado a Comisión Mixta para mejorar las normas relativas a la inducción al suicidio o suicidio femicida, a propósito del caso Antonia Barra, quien se suicidó el 2019 tras ser víctima de violación por parte de Martín Pradenas.
Ahora, la propuesta castiga a quien, en el marco de violencia de género, cause el suicidio de una mujer. Esta persona recibirá pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo como autor de suicidio femicida. Es decir, de tres años y un día a 10 años.
Luego, define que la violencia de género es cualquier acción u omisión basada en el género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer. Ello, donde quiera que esto ocurra, especialmente en razón de su género.
La iniciativa también incluye una serie de modificaciones al Código Penal, al Código Procesal Penal y a otras leyes, para un trato digno y resguardando la vida, la integridad física, y la indemnidad sexual de las víctimas. Asimismo, contempla un estatuto de garantías para evitar la revictimización,
La Cámara de Diputados respaldó el informe de Comisión Mixta con 125 votos a favor y 12 abstenciones. El Senado hizo lo propio con 28 votos favor y ninguno en contra.
Además, el proyecto castiga a quien induzca a otra persona a cometer suicidio con presidio menor en sus grados mínimo a medio. O sea, de 61 días a tres años.
Pero, si por tal circunstancia se produce la muerte, la pena será de presidio menor en sus grados medio a máximo. Esto es, entre 541 días a cinco años.
En tanto, si la inducción al suicidio y la consecuente muerte de la víctima se produce con ocasión de concurrir alguna de las circunstancias relativas a la razón de género, el agresor recibirá la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo. Ello equivale a un lapso de tres años y un día a 10 años.