En el fallo, la Corte Marcial aseguró que a su juicio «no se aprecian motivos calificados para mantener la prisión preventiva del encausado a que alude el artículo 19 N°7 literal e) de la Constitución Política de la República, para denegar su libertad y atendido lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal». «Se revoca la resolución apelada, y en su lugar, se declara que se concede la libertad provisional al procesado, bajo caución que regulará la señora juez de la causa, a la luz de lo preceptuado en la norma legal citada», añadió la corte.
La Corte Marcial revocó la prisión preventiva del excomandante en jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, la que había sido ordenada por la ministra en visita, Romy Rutherford, tras el procesamiento en su contra por malversación de caudales públicos.
De esta forma, se le concedió la libertad bajo fianza a dos días de que el mismo tribunal rechazara el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Cheyre.
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«A juicio de esta Corte no se aprecian motivos calificados para mantener la prisión preventiva del encausado a que alude el artículo 19 N°7 literal e) de la Constitución Política de la Republica, para denegar su libertad y atendido lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal», determinaron.
«Se revoca la resolución apelada, y en su lugar, se declara que se concede la libertad provisional al procesado, bajo caución que regulará la señora juez de la causa, a la luz de lo preceptuado en la norma legal citada», añadió la corte.
Tras la determinación, será la ministra Romy Rutherford la que deberá fijar el monto a pagar por Cheyre para que recupere su libertad.
Cabe destacar que el excomandante en jefe de la institución castrense se encuentra recluido en el Batallón de Policía Militar de Peñalolén desde el pasado 25 de octubre, recurriendo a esta instancia de la corte luego de que Rutherford le denegara el beneficio.