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CNTV explica que reforma que habilita nuevo proceso constituyente no contempla franja televisiva para elección de Consejeros Constitucionales PAÍS Crédito: Agencia Uno

CNTV explica que reforma que habilita nuevo proceso constituyente no contempla franja televisiva para elección de Consejeros Constitucionales

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Desde el Consejo Nacional de Televisión aclararon que «siendo el CNTV un órgano autónomo del Estado, ese debe regirse por principio de legalidad y, consecuentemente, no puede atribuirse competencias que no le entregue la ley, como sería organizar una franja electoral en este caso».


El Consejo Nacional de Televisión (CNTV), se refirió a la reforma que habilita el proceso constituyente y aclaró que esta no contempla una franja televisiva para la elección de los integrantes del próximo Consejo Constitucional, la que tiene fecha para el 7 de mayo de 2023. No obstante, la normativa si establece una propaganda electoral para el plebiscito del 17 de diciembre.

En concreto, el CNTV sostuvo que «la reforma constitucional que aprueba este nuevo proceso hace aplicables a la elección de los integrantes del Consejo Constitucional las reglas de la ley 18.700 para elección de senadores».

En su artículo 32, el cuerpo legal indica que «los canales de televisión de libre recepción deberán destinar gratuitamente treinta minutos diarios de sus transmisiones a propaganda electoral en los casos de elección de Presidente de la República, de diputados y senadores, únicamente de diputados o de plebiscitos nacionales, no contemplándose explícitamente la elección únicamente de senadores».

Reforzando lo anterior, el Consejo complementa que «esta situación se diferencia del proceso iniciado en 2019, ya que la ley de reforma constitucional N°21.200 previó que para la elección de los convencionales constituyentes les serían aplicables las reglas relativas a la elección de diputados,  hipótesis que sí se encuentra prevista en el artículo 31 de la Ley N°18.700, todo eso, para la elección ‘únicamente de diputados'».

«Siendo el CNTV un órgano autónomo del Estado, ese debe regirse por principio de legalidad y, consecuentemente, no puede atribuirse competencias que no le entregue la ley, como sería organizar una franja electoral en este caso», adicionó el organismo.

Por otro lado, el CNTV concluyó explicando que «la reforma constitucional recientemente aprobada (Ley N°21.533), e tanto, sí hace explícita la realización de una franja electoral en televisión de libre recepción para el plebiscito fijado para el 17 de diciembre de 2023».

Cabe recordar que este próximo domingo 7 de mayo, se realizará la elección de 50 ciudadanas y ciudadanos que discutirán, redactarán y aprobarán, una propuesta de texto de Nueva Constitución. En tanto, los representantes de la comisión de Expertos serán elegidos por el Congreso. De los 24, 12 serán elegidos por la Cámara Baja y los otros 12 por el Senado.

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