A comienzos de marzo, el Presidente Gabriel Boric promulgó la Ley 21.545, mejor conocida como “Ley TEA”, la que plantea un cambio sustancial en la mirada del país con respecto a las personas que presentan el Trastorno del Espectro Autista, especialmente en niñas, niños y adolescentes.
En ese sentido, uno de los cambios más significativos e importantes de la ley tiene relación con la posibilidad de que madres, padres y/0 tutores de NNA TEA puedan acudir a emergencias, contando con un permiso garantizado de manera legal. Lo anterior, ya que la ley agregó un nuevo artículo 66 quinquies al Código del Trabajo, estableciendo así el permiso.
El permiso legal consagra las siguientes características:
- Aplica respecto de (i) trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo, (ii) trabajadores regidos por la ley N°18.834 (Estatuto Administrativo) y (iii) trabajadores regidos por la ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales).
- Trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista estarán facultados para acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos educacionales en los cuales cursen su enseñanza parvularia, básica o media.
- El tiempo que estos trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales y el empleador no podrá calificar esta salida como intempestiva e injustificada para configurar causal de abandono de trabajo (letra a) del número 4 del artículo 160) o como fundamento de una investigación sumaria o de un sumario administrativo.
- Se establece que el trabajador deberá dar aviso a la Inspección del Trabajo del territorio respectivo respecto a la circunstancia de tener un hijo, hija o menor bajo su tutela legal, diagnosticado con trastorno del espectro autista.