El Senado aprobó por unanimidad el informe de la comisión mixta, instancia que zanjó las diferencias entre la Cámara de Diputadas y Diputados y la Cámara Alta.
La Sala del Senado aprobó este miércoles y despachó a ley el proyecto que sanciona la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro. Esto, en el marco de la agenda de seguridad acordada entre el Gobierno y el Congreso.
En concreto, el Senado aprobó por unanimidad el informe de la comisión mixta, instancia que zanjó las diferencias entre la Cámara de Diputadas y Diputados y la Cámara Alta.
La comisión mixta respaldó que el delito de sicariato propiamente tal ya está penado. El senador José Miguel Insulza (PS) expuso que “está perfectamente cubierto en el Código Penal y normas específicas más eficientes”, consigna un comunicado del Senado.
El texto avanza en sanciones específicas cuando el sicariato se comete en un contexto de conspiración, y precisa cuando se comete el delito “con ánimo de lucro”, por realizarlo “por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.
Ello será sancionado con pena que va desde 15 años y un día a 20 años a presidio perpetuo (presidio mayor en su grado máximo).
Además, “el que conspire para cometer el delito de homicidio calificado (…) será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo”; es decir, entre tres años y un día a cinco años.
Si la conducta descrita se comete contra un juez, fiscal, defensor penal público, o policías, será castigado con la pena va desde tres años y un día a 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).